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FRANCISCONI CRITOFER EMMANUEL C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

El actor promovió acción de revisión de Comisiones Médicas por secuelas atribuidas a SARS COV-2 con PMI del 4/8/2020. El Tribunal rechazó la demanda por no acreditarse incapacidad física o psíquica atribuible al evento, imponiendo costas al actor y regulando honorarios.

Accion de revision Comisiones medicas (ley 15.057) Sars cov-2 / covid-19 Incapacidad psicofisica Art. 726 ccc Rechazo de demanda Costas y honorarios Pericia medica y psicologica Ibm ripte $97.923 69 Honorarios peritos $110.000

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CRISTOFER EMMANUEL FRANCISCONI, representado por el Dr. Aníbal Guillermo Eraña. Demandado: SWISS MEDICAL ART S.A., representada por el Dr. Gonzalo Alberto Dabini. Objeto: Acción de revisión de Comisión Médica jurisdiccional (Ley 15.057) por lesiones atribuidas a SARS COV-2 (PMI 4-8-2020), con peticiones indemnizatorias fundadas en la Ley 24.557 y normas complementarias. Decisión: Rechazó en su totalidad la demanda por “carecer de causa jurídica que la sustente” (art. 726 CCC). Impuso costas al actor con el beneficio de ley. Reguló honorarios de letrados y peritos (honorarios de peritos fijados en $110.000 c/u; regulaciones de letrados en 7 JUS para cada parte más 10% de aportes).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, con lenguaje original del Tribunal): "En su informe
- -que llega firme a esta instancia ante la falta de cuestionamiento por las partes y de la que no encuentro motivos de apartamiento (art 474 CPCC)
- el perito medico RUBEN ROBERTO FRONTINI evalúa al actor mediante examen físico y compulsa de estudios complementarios acompañados y concluye del mismo que no surgen alteraciones que permitan inferir secuelas incapacitantes. Paralelamente, CRISTOFER EMMANUEL FRANCISCONI fué evaluado por GISELE DANIELA ARAUJO quien en su informe indica sobre las distintas técnicas administradas para efectuar la evaluación requerida y concluye que el actor no presenta patología psíquica reactiva a causa de los hechos de autos.- El informe llega firme a esta instancia y tampoco encuentro motivos para apartarme del mismo todas vez que las conclusiones a las que se arriba en el poseen debido rigor científico (art 474 CPCC).- Por ello, juzgo que no se ha probado en autos que CRISTOFER EMMANUEL FRANCISCONI porte incapacidad física y/o psicológica que resulte atribuible a la enfermedad por la que acciona y como consecuencia de ello, propongo rechazar en su totalidad la pretensión actoral por no existir causa jurídica que la sustente (art. 726 del CCC).-" Y del bloque dispositivo final: "1) RECHAZAR en su totalidad la demanda iniciada por CRISTOFER EMMANUEL FRANCISCONI contra SWISS MEDICAL ART S.A. por carecer de causa jurídica que la sustente (art. 726 CCC).- 2) COSTAS: Las costas del juicio se imponen al actora con el beneficio de ley (art. 24, 27 de la ley 15.057, art. 20 de la LCT).- ... 4) REGULENSE los honorarios por los trabajos realizados por la representación letrada de la parte actora: Dra. ANIBAL GUILLERMO ERAÑA en 7 JUS y por la parte demandada DR. GONZALO ALBERTO DABINI en 7 JUS ... A los efectos de las regulaciones precedentes, se transcribe el art. 54 de la ley 14.967..."
- Votos: El voto de la Dra. Cáceres expone los fundamentos; los Dres. Valcarce y Gabriele adhieren al voto, por lo que la decisión es de la mayoría y el dispositivo final confirma el rechazo íntegro de la demanda.
- Montos/fechas relevantes: PMI 4-8-2020; monto del IBM con RIPTE $97.923,69 (llega firme); honorarios de peritos fijados en PESOS CIENTO DIEZ MIL ($110.000) para cada perito; regulaciones por letrados en 7 JUS más 10% de aporte legal.

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