MAIDANA ENZO ARIEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión por accidente de trabajo reclamando indemnización por incapacidad permanente. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el DNU 669/2019 y normas restrictivas de actualización, y condenó a la ART a pagar $65.414.902 con intereses y costas a su cargo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Enzo Ariel Maidana, representado por Dr. Ezequiel Alfredo Picallo.
Demandado: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., representada por Dr. Nicolás Pellegrini.
Objeto: Cobro de pesos en concepto de indemnización por las consecuencias del accidente de trabajo ocurrido el 06/03/2023, en los términos del art. 14 inc. 2 "a" de la ley 24.557 y normativa complementaria.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda, se condenó a la ART a abonar $65.414.902 en el término de diez días de notificada, se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del DNU 669/2019, del ap. 2 del art. 11 de la ley 27.348 y del art. 7 de la Ley 23.928 (texto según Ley 25.561), se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios y peritos. Por mayoría se aplicó un interés puro del orden del 3% anual sobre las sumas calculadas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente):
"DECLARAR la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU 669/2019 (SCBA, L. 129.800 "Muzychuk", sent. del 14-7-2025), y decretar la inconstitucionalidad e inaplicabilidad al caso de autos del ap. 2 del art. 11 de la ley 27.348 y del art. 7 de la Ley 23.928 -texto según la Ley 25.561
- (art. 17 CN, 39 inc. 3 CP, SCBA C.124.096 'Barrios, Héctor Francisco y otra contra Lascano, Sandra Beatriz y otra. Daños y perjuicios), y por mayoría determinar que sobre las sumas calculadas se adicione un interés puro del orden del 3% anual.
- ."
"HACER LUGAR a la demanda iniciada por ENZO ARIEL MAIDANA contra PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A por cobro de pesos en concepto de indemnización por las consecuencias del ACCIDENTE DE TRABAJO ocurrido el 06.03.2023 y conforme lo dispuesto por el art. 14 inc. 2 'a' de la ley 24.557 sus modificatorias y complementarias y en consecuencia condenar a la demandada a abonarle, en el término de diez días de notificada, la suma de PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS DOS ($ 65.414.902.-)."
"Considero tener por acreditado que de acuerdo al examen físico y psicológico practicado al actor y considerando los demás elementos obrantes en autos, el Sr. ENZO ARIEL MAIDANA porta una incapacidad psicofísica del orden del 26,24%% de la T.O con carácter de parcial y permanente que resulta consecuencia del infortunio por el que acciona."
"Dicha operación matemática arroja un ingreso base actualizado y con interés que asciende a la suma de $ 603.465.
- ($ 184.508.
- + $ 418.957.-) a la fecha del dictado de la presente y la fórmula de ley arroja el siguiente resultado: $ 603.465,00 x 53 x 65/26 x 26.24 % = $ 20.981.271,12 ... propongo declarar la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU (669/2019) el que en consecuencia, no resulta aplicable en autos."
- Votos / regla de mayoría:
El voto inicial del Dr. Gabriele expone los fundamentos y propone la inconstitucionalidad del DNU y la inaplicabilidad de las normas restrictivas; el Dr. Valcarce y la Dra. Cáceres adhieren, con la mayoría fijando el interés puro en 3% anual. El dispositivo final confirma por mayoría la condena por $65.414.902 y la declaración de inconstitucionalidad y aplicabilidad de la fórmula de actualización alternativa (RIPTE/Barrios).
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