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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ADMINISTRACION GIARDINO SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA CAPITAL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra ADMINISTRACION GIARDINO SRL por deuda tributaria reclamada en $710.099,40. El Tribunal ordenó la ejecución hasta el pago íntegro y aplicó intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (12/6/2026), imponiendo costas a la vencida y constituyendo domicilio procesal en estrados por apercibimiento.

Apremio provincial Ejecucion Deuda fiscal Intereses art.104 codigo fiscal Costas a la vencida Domicilio constituido Fisco provincia de buenos aires Administracion giardino srl Monto $710.099 40 Interposicion demanda 12/6/2026

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: ADMINISTRACION GIARDINO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Objeto: Ejecución por deuda fiscal por capital reclamado de PESOS SETECIENTOS DIEZ MIL NOVENTA Y NUEVE CON 40/100 ($710.099,40). Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado abone íntegramente el capital reclamado y se aplicarán intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (12/6/2026) hasta su efectivo pago; se impusieron las costas a la vencida; se constituyó domicilio procesal en los estrados por apercibimiento y se notificó electrónicamente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente del fallo): "Habiendo sido el demandado ADMINISTRACION GIARDINO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA intimado de pago en el domicilio de calle Parana 26 Piso:5° Depto.:N Ciudad Autónoma De Buenos Aires no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.). Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado ADMINISTRACION GIARDINO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS SETECIENTOS DIEZ MIL NOVENTA Y NUEVE CON 40/100 ($710.099,40). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -12/6/2026
- y hasta su efectivo pago.- 2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias).- 3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 18/6/2026, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifiquese electrónicamente por secretaría al domicilio 20230905763@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR.-"

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