FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CUPOLO MARIA ELIZABETH Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL
Apremio provincial contra los accionados para el cobro de impuesto provincial por capital reclamado. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y remate hasta el íntegro pago de Pesos 1.330.827,10 más intereses desde el 18/4/2025, imponiendo las costas a los vencidos y constituyendo domicilio en estrados por notificación por Ministerio Legis.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: MARIA ELIZABETH CUPOLO y ROBERTO ANDRES GURUVICH.
Objeto: Ejecución fiscal (apremio provincial) por capital reclamado de Pesos UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON 10/100 ($1.330.827,10) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda (18/4/2025) hasta su efectivo pago.
Decisión: Se mandó llevar adelante la ejecución y remate hasta cobrar el capital e intereses reclamos, se impusieron las costas a los vencidos, se tuvieron por constituidos los domicilios de los demandados en los estrados del juzgado y se dispuso notificación por Ministerio Legis; se difirió la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el art. 51 de la Ley 14.967.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original):
"Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el actuario en este acto, conforme surge de los mandamientos de intimación de pago diligenciados en el domicilio FISCAL: CALLE URUGUAY
- NRO. 183
- CP. 1744
- LOC. MORENO, se les da por perdido el derecho que para hacerlo tenían (art. 155 CPCC).-
Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto en los artículos 7, 25 y cctes. Ley 13406, artículos 540 y 549 del CPCC, y art. 2 inciso 8 y 76 bis del CPCA.-
RESUELVO:
I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto los accionados, MARIA ELIZABETH CUPOLO y ROBERTO ANDRES GURUVICH, hagan al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON 10/100 ($1.330.827,10) con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. Nº 39/11), desde la interposición de la demanda, esto es, el 18/4/2025 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas a los vencidos (arts. 51 inciso 1º del CPCA -texto según ley 14.437-).-
II.
- Hallándose los demandados debidamente anoticiados del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 23/4/2025, conforme emerge de los términos de las actas de mandamientos acompañadas en archivo digital adjunto a la presentación de fecha 26/8/2026, ténganse por constituidos sus domicilios en los estrados del juzgado (art. 7 Ley 13406). Disponiéndose en consecuencia, que las próximas providencias sean notificadas por Ministerio Legis.-
III.
- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el artículo 51 de la Ley Nº 14.967. REGÍSTRESE. Notifíquese al accionado y a PONCE DE LEON NOELIA MARINA 27276168881@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR .-"
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