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CHIERA, ROSA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS solicitando recalculo de haberes y pago de diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocó lo resuelto respecto del artículo 1 de la ley 27.609 (diferimiento para ejecución), declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 y de las resoluciones ANSeS 56/2018 y Secretaría de Seguridad Social 1/2018, e impuso las costas a la demandada.

Chiera Anses Reajuste de haberes Retroactivos Inconstitucionalidad Dnu 157/2018 Ley 27.609 Anses resolucion 56/2018 Costas Impuesto a las ganancias


¿Quién es el actor?

CHIERA, ROSA.

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes de haberes previsionales; orden de pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; impugnación de normas y actos administrativos (leyes 27.426, 27.609, decretos delegados, DNU 157/2018, resoluciones ANSeS 56/2018 y Secretaría de Seguridad Social 1/2018), y cuestiones relativas a impuesto a las ganancias, intereses, costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto hubo materia de agravios; revocó lo resuelto en relación al artículo 1 de la ley 27.609 y diferirá su tratamiento para la etapa de ejecución; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/2018; declaró de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones ANSeS N° 56/2018 y Secretaría de Seguridad Social N° 1/2018; impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; y reguló los honorarios de los profesionales de la alzada en el 30% de lo que se les regule en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes): 1) "En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018." 2) "Respecto al tratamiento dado a la Prestación Básica Universal (PBU), corresponde confirmar lo ordenado en la sentencia sobre el punto de conformidad a los precedentes citados por el juez a quo de Nuestro Máximo Tribunal de Justicia y a los antecedentes dictados por esta Alzada." 3) "Sobre el planteo formulado respecto de la ley 27.609, nos remitimos en lo pertinente por razones de brevedad y economía procesal, a los argumentos expuestos en los autos caratulados 'MAS, MABEL GLADIS c/ A.N.Se.S s/ REAJUSTES VARIOS'... En dicho Acuerdo, por mayoría, se resolvió diferir el tratamiento de la declaración de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución." 4) "En cuanto al planteo sobre la retención por impuesto a las ganancias en los intereses generados por el retroactivo, cabe señalar que la cuestión fue resuelta por esta Sala 'B' al dictarse el Acuerdo del 03/10/19... a los que me remito por razones de brevedad y economía procesal." 5) "Atento al resultado obtenido, distribuir las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423."
- Disidencias relevantes: El Dr. Aníbal Pineda expresó disidencia respecto de la solución propuesta en relación al tratamiento de la movilidad y en relación a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609 (remitiéndose a otros precedentes), pero el acuerdo final resolvió diferir el tratamiento de ese artículo para la ejecución; por tanto su posición quedó en minoría en esa materia.

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