PEPI, ELIDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS reclamando el pago del haber recalculado y diferencias retroactivas por reajustes previsionales. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, declaró de oficio la inconstitucionalidad del DNU 157/2018 (art. 3) y de las Resoluciones ANSeS N°56/2018 y SSS N°1/2018, revocó lo resuelto respecto del art. 1 de la ley 27.609 y difirió su tratamiento para la etapa de ejecución.
¿Quién es el actor?
PEPI, Élida.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; impugnación de normas/reglamentos (DNU 157/2018, Resoluciones ANSeS 56/2018, SSS 1/2018) y cuestionamiento de aplicación de la ley 27.609.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario
- Sala B confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto a los puntos materia de agravios; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N°157/2018 e impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; declaró de oficio la inconstitucionalidad de las Resoluciones ANSeS N°56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N°1/2018; revocó lo resuelto en relación al artículo 1 de la ley 27.609 y difirió su tratamiento para la etapa de ejecución; y reguló los honorarios de la alzada en el 30% de lo que se les regule en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018."
"En lo relativo al planteo formulado sobre la ley 27.609, nos remitimos en lo pertinente por razones de brevedad y economía procesal, a los argumentos expuestos en los autos caratulados 'MAS, MABEL GLADIS c/ A.N.Se.S s/ REAJUSTES VARIOS'... En dicho Acuerdo, por mayoría, se resolvió diferir el tratamiento de la declaración de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución."
"En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS ...', corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423..."
- Voto en disidencia relevante: El Dr. Aníbal Pineda expresó disenso respecto de "la solución propuesta en relación a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609", remitiéndose a su voto en autos "MAS, MABEL GLADIS...". Adhirió a las demás soluciones de las vocales. (Esa discrepancia quedó consignada como disidencia pero la decisión de la Cámara resolvió revocar lo resuelto respecto del art.1 y diferir su tratamiento.)
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