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BURGOS, FERNANDO JOSE c/ BOREAL s/LEYES ESPECIALES (diabetes, cáncer,fertilidad

Amparo contra Boreal Cobertura de Salud por falta de provisión de insumos para estudio electrofisiológico y ablación en menor con anomalía de Ebstein. El Juzgado Federal de Salta hizo lugar al amparo y ordenó a la obra social autorizar y entregar en 48 horas los insumos indicados (set de parches Ensite Precision Abott, catéter Tacti Cath curva FJ, bomba cool point, vaina Agilis 8.5 Fr. y catéter HD Grid 8 Fr.) para la intervención en el Hospital Pediátrico Garrahan, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios en 11 UMA ($1.146.420).

Amparo Obra social Derecho a la salud Anomalia de ebstein Mapeo electroanatomico Ablacion por radiofrecuencia Provision de insumos Costas Honorarios Hospital garrahan


¿Quién es el actor?

Fernando José Burgos, en representación de su hijo menor F.A.B.R.

¿A quién se demanda?

Boreal Cobertura de Salud S.A.
- Objeto de la demanda: acción de amparo para que la obra social provea los insumos necesarios para realizar un estudio electrofisiológico y ablación por radiofrecuencia con mapeo 3D (set de parches Ensite Precision Abott; catéter de ablación con sensor de contacto Tacti Cath curva FJ; set de bomba cool point; vaina deflectable Agilis 8.5 Fr.; catéter de mapeo multipunto HD Grid 8 Fr.) en el Hospital Pediátrico Garrahan.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción de amparo y se ordenó a Boreal Cobertura de Salud que, dentro de las 48 horas de notificada, autorice y entregue al afiliado F.A.B.R. los insumos indicados para realizar el estudio electrofisiológico y la ablación por radiofrecuencia con mapeo 3D en el Hospital Pediátrico Garrahan; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios por 11 UMA ($1.146.420) a favor del letrado patrocinante.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Si bien la accionada otorgó la cobertura solicitada en el escrito inicial acompañando la constancia de autorización emitida en fecha 27/05/2026 (fs. 37), dicha conducta resulta arbitraria, por cuanto la cobertura fue otorgada con posterioridad a la intervención judicial, luego de la interposición de la acción de amparo el 07/05/2026 (fs. 2/22) y del dictado de la medida cautelar el 08/05/2026 (fs. 2/2), lo que demuestra su actitud reticente a cumplir con sus obligaciones legalmente asumidas." "En virtud de lo expuesto, corresponde hacer lugar a la acción de amparo promovida, ordenando a la demandada autorice y entregue al afiliado F.A.B.R. un set de parches para mapeo electroanatómico Ensite Precision Abott, un catéter de ablación con sensor de contacto Tacti Cath curva FJ, un set de bomba cool point, una vaina deflectable tipo Agilis 8.5 Fr. y un catéter de mapeo multipunto HD Grid 8 Fr. Abott, a fin de realizar el estudio electrofisiológico y ablación por radiofrecuencia, con mapeo 3D, en el Hospital Pediátrico Garrahan, de conformidad a lo solicitado por el médico tratante." "Cabe recordar que las obras sociales deben garantizar el derecho a la salud de sus asociados a través de acciones positivas y no meramente con el reconocimiento del derecho, conforme la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ... el derecho a la salud, derivado del derecho a la vida, tiene jerarquía constitucional..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el expediente.

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