GLIENKE, ARI c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor reclamó reajustes y recalculo de su haber jubilatorio frente a ANSES por aplicación de precedentes sobre cálculo del haber inicial y cómputo de aportes autónomos. La Cámara Federal de Posadas revocó parcialmente la sentencia de primera instancia en cuanto al índice aplicable para actualizar las remuneraciones en relación de dependencia, ordenando adecuar el cálculo a las pautas de la Ley 27.609, y confirmó lo demás resuelto.
¿Quién es el actor?
Ari Glienke.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajustes y recalculo del haber inicial del beneficio previsional N° 14-0-0527713-0-2 (recalculo por aplicación de precedentes “Elliff” y “Makler”, cómputo de aportes autónomos y movilidad de la PBU), más pagos adeudados, intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se revocó parcialmente la sentencia apelada en cuanto a la actualización del haber inicial respecto de los haberes en relación de dependencia, disponiéndose que dicho cálculo se adecúe a las pautas establecidas por la Ley 27.609 y normas concordantes; se confirmó la sentencia apelada en todo lo demás que decide. Costas de alzada por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia):
"Que, en el presente caso se observa que del detalle del beneficio jubilatorio del accionante sus últimas ciento veinte (120) remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones, tomadas para determinar el haber inicial como trabajador dependiente -que se suman a sus servicios autónomos
- son posteriores a febrero de 2009; nótese que para calcular su haber inicial se computaron las remuneraciones percibidas entre abril de 2010 y marzo de 2020, por lo que las pautas establecidas en el fallo “Elliff” no resultan aplicables a su situación particular..."
"En consecuencia, se debe hacer lugar a los agravios invocados respecto al índice a aplicar sobre las remuneraciones en relación de dependencia y revocarse este punto de lo resuelto en la sentencia de grado, debiendo decidirse que la actualización del haber inicial del actor por sus servicios en relación de dependencia debe realizarse conforme las pautas establecidas en la Ley 27.609 y concordantes."
Además, se consignó la aplicación de precedentes respecto de los aportes autónomos: "consideró aplicable la solución prevista por la C.S.J.N in re 'Makler, Simón v. Administración Nacional de la Seguridad Social -ANSES
- s/ inconstitucionalidad ley 24.463', por lo que dispuso deben considerarse todos los años y categorías efectivamente aportadas -en cada momento histórico-, sin un límite al número de años a computar."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Boldú y Tyden adhirieron al voto del Dr. Cardozo.
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