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COSTANTINO FRANCISCO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se promovió expediente de sucesión abintestato por el fallecimiento de Francisco Costantino para declarar herederos a su cónyuge e hijos. El Tribunal declaró que por fallecimiento de Francisco Costantino le suceden como herederos universales Haydee Beatriz Beccari y sus hijos Ariel Hernán Costantino y Mauro Ezequiel Costantino, disponiendo notificación electrónica.

Sucesion abintestato Declaracion de herederos Herederos universales Conyuge heredera Hijos Certificado de defuncion Edictos (art. 734 cpcc) Codigo civil y comercial (arts. 2426-2433) Notificacion electronica Primera instancia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: D. H. (solicitante del procedimiento de declaratoria de herederos). Demandado: Francisco COSTANTINO (causante, fallecido). Objeto: Declaración de herederos por fallecimiento abintestato de Francisco Costantino. Decisión: Se declara que por fallecimiento de Francisco Costantino le suceden en carácter de herederos universales sus hijos Ariel Hernán Costantino y Mauro Ezequiel Costantino y su cónyuge Haydee Beatriz Beccari; además se declara a la cónyuge heredera en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de derechos sobre los gananciales.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como aparecen en el expediente): "Que con el certificado acompañado al escrito liminar se acredita la defunción de Francisco COSTANTINO, ocurrida el 23 de noviembre de 2013.-" "Que este había contraído matrimonio con Haydee Beatriz BECCARI, el día 22/03/1974 (conforme surge de las constancias acompañadas al escrito liminar)." "Que de esa unión nacieron Ariel Hernán COSTANTINO (03/01/1975), Mauro Ezequiel COSTANTINO (12/09/1979) y Mariano Andres COSTANTINO (14/05/1984) (ver partidas acompañadas al escrito liminar)." "Que con el certificado de defunción acompañado en la presentación venida en despacho se acredita la defunción de Mariano Andres COSTANTINO, ocurrida el 14/06/2010." "Que conforme fuera denunciado en el escrito de inicio, el referido, al momento de fallecer, carecía de descendencia." "Que con los diarios y recibos agregados en autos consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC., sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Actuario en este acto." "Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2426, 2427, 2428 Y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación (aprobado por Ley 26.994) y arts. 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Francisco COSTANTINO, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Ariel Hernán COSTANTINO y Mauro Ezequiel COSTANTINO y su cónyuge Haydee Beatriz BECCARI, a quién también se la declara heredera en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales." "REGISTRESE. La presente se notifica electrónicamente en los términos del art. 10 de la Acordada Nro. 4039/2021
- SCBA."

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