FIRPO DANIEL JUAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Firpo Daniel Juan demandó a la ANSES solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°9 hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes, ordenó a ANSeS a proceder en 120 días desde la sentencia firme y rechazó el pedido de suplementos extraordinarios, imponiendo costas a ANSeS y regulando honorarios en 15% del crédito que resulte a favor del actor.
¿Quién es el actor?
Firpo Daniel Juan.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; ataque de inconstitucionalidad de normas de movilidad y solicitud de condena al pago de las diferencias; se reclamó también la integración de suplementos extraordinarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda en particular sobre los topes tratados; se ordenó a ANSeS que, dentro del plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto en el decisorio; los haberes modificados deberán abonarse dentro de ese plazo; el organismo deberá computar intereses y respetar lo resuelto en materia de prescripción para las acreencias retroactivas; se difiere el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechazó la pretensión de abonar suplementos extraordinarios; costas a ANSeS (art. 36 ley 27423); se regulan honorarios de la Dirección Letrada de la parte actora en el 15% del crédito que resulte.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
"La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad
- de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
"De este contexto, declaro aplicable la doctrina sentada por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos 'Makler, Simón c/ANSES s/inconstitucionalidad de la ley 24.463' ... lo que importa en esencia tomar las cotizaciones reales efectuadas para valorar la trayectoria laboral efectivamente intentada por el beneficiario."
"Por lo expuesto, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta, en particular sobre los topes tratados y, en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. a que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos... 7) Rechazar la pretensión relacionada con abonar al presentante los suplementos extraordinarios. 8) Costas a la ANSeS (art. 36 ley 27423). 9) Regúlanse de honorarios... en el 15% del importe del crédito..."
- Disidencias: no constan votos en disidencia; la parte resolutiva expresa la decisión del tribunal.
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