BANCO COMAFI S.A C/ SCHITINO NORA LILIANA S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió ejecución hipotecaria por cobro ejecutivo de tarjeta de crédito por $4.423.394,02. El Tribunal declaró la causa sentenciada de remate y ordenó continuar la ejecución hasta hacer al acreedor íntegro pago del capital adeudado, morigerando los intereses conforme a la tasa activa - restantes operaciones en pesos del Banco Provincia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BANCO COMAFI S.A.
Demandado: NORA LILIANA SCHITINO
Objeto: Cobro ejecutivo por deuda originada en tarjeta de crédito Visa N° 8812759277800001, por la suma de $4.423.394,02 más intereses y costas; se solicita ejecución y remate.
Decisión: Se declaró la causa sentenciada de remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta hacerse al acreedor BANCO COMAFI S.A. el íntegro pago del capital adeudado de $4.423.394,02, con intereses desde la mora (07/05/2025) calculados según el criterio fijado en el considerando IV. Se impusieron las costas a la parte demandada y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"I. Que la actora demanda por la vía ejecutiva el cobro de $ 4.423.394,02, suma resultante de la deuda originada de una tarjeta de crédito Visa identificada con el N° 8812759277800001 con más sus intereses y costas."
"II.
- Diligenciado el mandamiento de intimación de pago y citación de remate la ejecutada no ha opuesto excepciones encontrándose vencido el plazo para hacerlo, y teniendo en cuenta que los documentos acompañados por la actora traen aparejada ejecución, corresponde pronunciar sentencia de remate (arts. 116 y 155 del CPCC)."
"III.
- La mora esta determinada a partir del incumplimiento denunciado que resulta ser la fecha del último resumen impago (07/05/2025)."
"IV.
- En cuanto a los intereses por los que se admite la ejecución, respecto al saldo deudor de la tarjeta de crédito, cabe morigerarlos a términos equitativos, aplicando por todo concepto la 'tasa activa
- restantes operaciones en pesos' que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires, aplicando así un criterio que hoy entiendo como más razonable y ajustado a derecho (cfrme. arts. 767, 768, 769, 771, 794 y concs. del Código Civil y Comercial de la Nación, arts. 5° y 52, inc. 2°, primera parte del Dec. Ley 5.965/63)."
Bloque dispositivo final:
"POR ELLO y lo dispuesto en el art. 540 del CPCC. FALLO: Esta causa sentenciándola de remate, ordenando se lleve adelante la ejecución hasta hacerse al acreedor BANCO COMAFI S.A íntegro pago del capital adeudado de $ 4.423.394,02 por la deudora NORA LILIANA SCHITINO, corriendo desde la mora (07/05/2025) los intereses fijados en el considerando IV de la presente. Impónense las costas a la parte demandada (arts. 68 y 556 del CPCC). Difiérese la regulación de honorarios (art. 51 ley 14967). Tiénese por constituído el domicilio de la demandada en los estrados del Juzgado quien fuera intimada de pago en Felix Lora 1288, Localidad de Claypole, Partido de Almirante Brown. REGISTRESE. Notifíquese por Secretaria en los términos de la Acordada 4013/2021 de la S.C.B.A.."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: