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MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA C/ CARAMELLI CARLOS MARCELO Y OTROS S/ REPETICION SUMAS DE DINERO

La Municipalidad de Bahía Blanca promovió una acción de repetición y recupero por sumas pagadas en cumplimiento de condena previa. El Tribunal declaró la incompetencia del Juzgado Civil y Comercial y ordenó remitir el expediente al Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 Departamental por corresponderle la competencia conforme a la Ley 12.008.

Jurisdiccion Incompetencia Accion de repeticion Recupero Municipio Responsabilidad patrimonial Ley 12.008 Remision de actuaciones Juzgado contencioso administrativo Condena previa

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA. Demandado: CARAMELLI CARLOS MARCELO y otros. Objeto: Acción de repetición y recupero de sumas de dinero que el Municipio dice haber abonado en cumplimiento de condena dictada en autos "HERLEIN ALEJANDRO ARIEL C/ MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA Y OTROS S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA
- OTROS JUICIOS" (Expte. N° 13778). Decisión: Declarar la incompetencia del Juzgado Civil y Comercial para entender en las presentes actuaciones y remitir las actuaciones al Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 Departamental, previa firmeza de la presente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo): "En autos, la Municipalidad de Bahía Blanca promueve demanda de cobro de pesos, bajo la modalidad de acción de repetición y recupero, procurando obtener de los accionados el reintegro de las sumas que manifiesta haber abonado en cumplimiento de la condena recaída en los autos 'HERLEIN ALEJANDRO ARIEL C/ MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA Y OTROS S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA
- OTROS JUICIOS' (Expte. N° 13778)." "De tal modo, la pretensión de recupero articulada en autos encuentra su causa inmediata en el pago efectuado por la Municipalidad en cumplimiento de una condena impuesta en el proceso antecedente (v. fallo de fecha 08/05/2025 en los autos 'HERLEIN ALEJANDRO ARIEL C/ MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA Y OTROS S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA
- OTROS JUICIOS' Expediente n° 13778 de la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata agregado con la demanda), en el cual tanto el Municipio como los restantes demandados resultaron condenados en virtud de los hechos allí examinados, vinculados con el ejercicio de funciones administrativas." "En consecuencia, la procedencia de la acción aquí intentada exige determinar el alcance de la obligación de reintegro que la Municipalidad atribuye a los restantes condenados, a partir de la responsabilidad que les fuera atribuida en aquel proceso y de las consecuencias patrimoniales derivadas de su actuación funcional, cuestiones que se encuentran directamente vinculadas con una relación jurídica regida por el derecho público." "Por consiguiente, la materia debatida se encuentra comprendida en el ámbito de la jurisdicción contencioso administrativa provincial, correspondiendo declarar la incompetencia de este Juzgado para intervenir en las presentes actuaciones." Texto del dispositivo final: "RESUELVO: Declarar la incompetencia de este Juzgado Civil y Comercial para entender en las presentes actuaciones, por corresponder su conocimiento a la jurisdicción contencioso administrativa, debiendo remitirse las actuaciones al Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 Departamental, previa firmeza de la presente. Oportunamente, líbrese oficio a la Receptoría General de Expedientes Departamental para comunicar lo aquí resuelto."

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