MENDIBERRI MARIA DELIA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Los actores solicitaron la declaratoria de herederos ab-intestato de MENDIBERRI MARIA DELIA. El Tribunal hizo lugar al pedido y declaró herederos a sus hijos MARÍA DANIELA CAPRILE, MARIA EUGENIA CAPRILE y EDUARDO LUIS CAPRILE por aplicación de los arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial y art. 735 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los solicitantes son MARIA DANIELA CAPRILE, MARIA EUGENIA CAPRILE y EDUARDO LUIS CAPRILE.
Demandado: La causante MENDIBERRI MARIA DELIA (fallecida).
Objeto: Declara la declaratoria de herederos ab-intestato de la causante.
Decisión: Se hace lugar a la declaratoria de herederos y se declara que por fallecimiento de MENDIBERRI MARIA DELIA le suceden en carácter de herederos sus hijos MARÍA DANIELA CAPRILE, MARIA EUGENIA CAPRILE y EDUARDO LUIS CAPRILE.
- Fundamentos principales de la decisión (textos del Tribunal):
"PRIMERO: Con el certificado de defunción del 19 de junio de 2026 se justifica el fallecimiento del causante de autos MENDIBERRI MARIA DELIA ocurrido el día 06 de julio de 2025 en Bahía Blanca.-
SEGUNDO: que con las actas adjuntas se acreditan los nacimientos de MARIA DANIELA CAPRILE, ocurrido el día 09 de agosto de 1976 en Mercedes, MARIA EUGENIA CAPRILE, ocurrido el 05 de enero de 1978 en Tres Arroyos y EDUARDO LUIS CAPRILE 20 de marzo de 1981 en Rio Tercero, Córdoba.-
TERCERO: Con los diarios y recibos adjuntos con fecha 10 de agosto de 2026 se justifica haber hecho las publicaciones de edictos ordenadas el día 26 de junio de 2026, sobre cuyo resultado y vencimiento certifica el Actuario el 24 de agosto de 2026.-
CUARTO: Con el certificado expedido por el Sr. Director del Registro de Testamentos del 07 de julio de 2026, se justifica que no consta inscripta minuta alguna de testamento por el nombre de la causante y con la planilla de Registro de Juicios Universales del 02 de julio de 2026 se acredita que no consta a nombre de la causante la iniciación de ningún juicio similar.-
POR ELLO, de conformidad con lo pedido, no habiendo el Sr. Agente Fiscal formulado observación y de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 2424, 2.426 del Código Civil y Comercial y y art. 735 del Código Procesal Civil y Comercial de la Pcia. de Buenos Aires, declárase en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de MENDIBERRI MARIA DELIA le suceden en carácter de herederos sus hijos MARÍA DANIELA CAPRILE, MARIA EUGENIA CAPRILE y EDUARDO LUIS CAPRILE (art. 2.426 del C. C. y C.)."
(Otros pronunciamientos procesales de cierre)
"Cése, en consecuencia la intervención Fiscal. Notifíquese. Déjese Copia (Acordada 3975 de la Excma. S.C.B.A.) y sigan los autos según su estado. Regístrese. Notifíquese."
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