BUSTOS DOLORES EVANGELINA C/ DISTRIBUCIÓN Y LOGISTICA DE LOS ANDES S.A Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra Distribución y Logística de los Andes S.A. y aseguradora citada en garantía. El Tribunal hace lugar a la demanda por responsabilidad objetiva del rodado dominado AD426IH y condena a la demandada (y por extensión a la aseguradora hasta el monto de su cobertura) a indemnizar $23.300.000 más intereses, con costas a la vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Dolores Evangelina Bustos, por intermedio de apoderado Dr. Silvio Leonardo Reyes.
Demandado: Distribución y Logística de los Andes S.A. (y San Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros Generales citada en garantía).
Objeto: Indemnización por daños y perjuicios (físicos, psíquicos, daño moral, gastos médicos y materiales, desvalorización y otros) por accidente de tránsito ocurrido el 4 de abril de 2023 en la colectora de Av. Gral. Paz y calle Santa Rosalía, con choque lateral producido por vehículo marca Mercedes Benz dominio AD426IH.
Decisión: Se hace lugar a la demanda. Se declara la responsabilidad del rodado dominio AD426IH (a cargo de Distribución y Logística de los Andes S.A.) y, por extensión, de la aseguradora citada en garantía dentro de su cobertura, y se condena al pago de DIECITRÉS MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS ($23.300.000) dentro de los diez días de quedar firme la sentencia, más intereses en los términos del considerando VIII. Se imponen las costas a la parte demandada vencida. Se rechaza la pretensión por desvalorización del rodado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como en la sentencia):
"Por el contrario, ha quedado acreditada la responsabilidad del demandado al invadir el carril de circulación y colisionar al vehículo de la parte actora, ha violado expresas disposiciones legales al no haber adoptado las medidas de cuidado y prevención a fin de mantener el pleno dominio de la cosa a su mando (art. 39 inc. b, ley 24.449). A la par, tratándose de una colisión de rodado que circulaban en igual sentido, cabe concluir que también ha violado la directiva que dimana del art. 45 inc. b de la mentada norma que dispone que 'se debe circular permaneciendo en un mismo carril y por el centro de éste'."
"Tales conclusiones, cabe indicarlo, resultan coherentes con los informe remitidos por el Hospital Eva Perón -30/4/2024
- y por el Centro de Diagnóstico y Tratamiento Jonas Salk -6/12/2024
- de donde surge la atención que recibió la actora el mismo día del hecho y el siguiente, y donde -según indica el idóneo
- 'se realizaron placas radiográficas y estudios básicos' y 'se le indicó fisioterapia y rehabilitación'."
"De tal suerte y no encontrando mérito para apartarme de la pericia presentada, teniendo en consideración lo hasta aquí señalado y las circunstancias personales, siendo que la Sra. Bustos contaba a la fecha del siniestro con 51 años de edad, de estado civil soltera y de profesión empleada ... he de indemnizar el DAÑO FÍSICO sufrido en la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS ($ 10.000.000)."
"Ello resulta en un todo coincidente con la pericia psiquiátrica presentada en autos por el Dr. Hugo Federico Alazraqui ... 'la actora padece un Trastorno por estrés post traumático. ... la incapacidad se determina permanente' ... recomendando el experto un tratamiento psicoterapéutico ... indicando como precio promedio el valor estimativo de un millón docientos mil pesos anuales."
"He de otorgar la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($ 3.500.000) como reparación del DAÑO PSÍQUICO sufrido, y la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS (2.500.000) a fin de solventar los GASTOS DEL TRATAMIENTO sugerido."
"He de acceder a la presente partida del reclamo formulado, otorgando a favor de la Sra. Bustos la suma de CUATRO MILLONES DE PESOS ($ 4.000.000)." (en referencia al daño moral)
"Por ello, en virtud de las constancias de autos ... considero ajustado a derecho acceder al presente reclamo [por daños materiales] hasta la cantidad de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000)."
Dispositivo final:
"FALLO: 1º).
- HACIENDO LUGAR a la demanda entablada por DOLORES EVANGELINA BUSTOS contra DISTRIBUCIÓN Y LOGISTICA DE LOS ANDES S.A. condenando a esta última a abonar ... la suma de VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS MIL ($23.300.000 ), con más el interés fijados en el considerando VII de esta sentencia.-
2°) IMPONIENDO las COSTAS del proceso a la PARTE DEMANDADA vencida...
3°) HACIENDO EXTENSIVOS los efectos condenatorios del presente pronunciamiento a SAN CRISTOBAL SOCIEDAD MUTUAL DE SEGUROS GENERALES..."
- Votos/división: fallo de primera instancia por un Juez único; no consta disidencia.
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