IBARROLA ELSA S/ SUCESION AB- INTESTATO
Se promovió trámite declarativo por fallecimiento para determinar herederos universales de Elsa Ibarrola. El Tribunal declaró por derecho que suceden como herederos universales sus hijos Julia Eloisa y Juan Carlos Cisneros, disponiendo además el cese de la intervención del Ministerio Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DESCONOCIDO (no surge nominación expresa del/los peticionante/s en la parte resolutiva remitida).
Demandado: DESCONOCIDO.
Objeto: Declaratoria de herederos por fallecimiento de Elsa Ibarrola.
Decisión: Se declaró que por fallecimiento de Elsa Ibarrola le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Julia Eloisa y Juan Carlos Cisneros; se cesó la intervención del Ministerio Fiscal y se ordenó registración y notificación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes de la sentencia, lenguaje original del Tribunal):
"a) Que con el certificado adjunto a la demanda, se acredita el fallecimiento de Elsa Ibarrola, ocurrido el día 2 de Julio de 2019.-
b) Que la causante contrajo matrimonio con Eleuterio Juan Gabriel Cisneros -fallecido en fecha 9/8/1974-, en fecha 23 de Junio de 1945 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 21/9/2021).-
c) Que de esa unión nacieron Julia Eloisa Cisneros, el día 10/7/1946 y Juan Carlos Cisneros, el día 18/1/1954 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 21/9/2021 y 8/4/2025).-
d) Que con la constancia de fecha 2/10/2025 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria.-
Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC, RESUELVO: 1.
- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Elsa Ibarrola le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Julia Eloisa y Juan Carlos Cisneros e Ibarrola. 2.
- Cése la intervención del Ministerio Fiscal (Art. 728, inc. 1 del CPCC). 3.
- Regístrese. Notifíquese a la parte y a la Agente Fiscal Departamental a sus domicilio electrónico en forma automatizada (Ac. 4039/2021 SCBA).-"
(Se consignan íntegramente los pasajes del fallo que contienen los hechos acreditados, la remisión normativa y la parte resolutiva final, que constituyen el fundamento principal de la decisión.)
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: