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REY GUILLERMINA LUCIANA C/ INSTITUTO OBRA MEDICO ASISTENCIAL (IOMA) S/ AMPARO

La actora promovió acción de amparo para obtener cobertura integral del medicamento RIBOCICLIB 400 mg para su tratamiento oncológico. El Tribunal hizo lugar al amparo y ordenó a IOMA proveer cobertura al 100%, impuso las costas a IOMA y reguló honorarios a favor de la letrada patrocinante y del Fiscal de Estado.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Guillermina Luciana Rey, afiliada IOMA N° 226729162500, 47 años, diagnosticada con cáncer de mama con compromiso metastásico en ganglio centinela, representada por la Dra. Natalia Andrea Perea Deulofeu. Demandado: Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) de la Provincia de Buenos Aires. Objeto: Cobertura gratuita e integral al 100% del medicamento RIBOCICLIB 400 MG D1 a 12 cada 28 días, como parte del tratamiento oncológico indicado por su equipo médico (GOSERELINE y ANASTROZOL también indicados y aprobados por IOMA, salvo RIBOCICLIB, que fue denegado). Decisión: Se hizo lugar al amparo, ordenando a IOMA la cobertura integral del 100% del medicamento RIBOCICLIB 400 MG D1 a 12 cada 28 días; se impusieron las costas a IOMA; se regularon honorarios (30 IUS a la Dra. Perea Deulofeu y 20 IUS al Dr. José Luis Comparato).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo): "La accionante promueve la presente a fin de obtener cobertura de uno de los medicamentos recetados para el tratamiento de su patología oncológica, frente a lo cual no puede soslayarse que el art. 36 de la Constitución Provincial promueve la eliminación de los obstáculos económicos, sociales o de cualquier otra naturaleza, que afecten o impidan el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, reconociéndose en la misma norma el derecho social, a la salud..." "De la documental adjunta surge evidente que la vía intentada resulta idónea para que se satisfaga la pretensión de la amparista, puesto que demostró la patología presentada -cáncer de mama con compromiso metastásico en ganglio centinela-, que a su vez no fuera negada por la demandada... y que la medicación requerida 'RIBOCICLIB 400 MG' fue prescripta y recomendada no sólo por su médica tratante Dra. Nadia Djordjev sino por los profesionales del Centro Médico de la Mama 'Dr. Breast' de La Plata, siéndole denegada en dos oportunidades." "De la lectura de ambas constancias de rechazo no se advierte un motivo fundado y/o justificado de la negativa de cobertura de dicho medicamento, máxime si se tiene en cuenta que la paciente acompañó los informes médicos expedidos por sus profesionales tratantes y los estudios médicos realizados con motivo de su patología, lo que da cuenta de la necesidad de realizarse el tratamiento." "En definitiva, se encuentra demostrado que el proceder del IOMA frente a la petición de la Sra. GUILLERMINA LUCIANA REY constituye un incumplimiento de los fines para el cual el Instituto Asistencial fue creado, conforme lo normado por el art. 36 inc. 8° de la Constitución Provincial y por la ley 6982, permitiendo que se lo califique como arbitrario e ilegal, derivando ello en la admisión de la pretensión incoada." Bloque resolutorio final (texto transcripto tal como obra en el fallo): "1. Hacer lugar a la acción de amparo promovida por la Sra. Guillermina Luciana REY ordenando al Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) provea la cobertura integra del 100% medicamento RIBOCICLIB por 400 MG D 1 a 12 cada 28 días, de forma mensual, para completar su tratamiento oncológico, de acuerdo a lo indicado por los profesionales que tratan su patología (arts. 13, 14, 25 y concs. de la Ley 13.928). 2. Imponer las costas al Instituto de Obra Medica Asistencial (IOMA) de la Provincia de Buenos Aires (art 19 Ley 13.928 y sus modificatorias). 3. Regular los honorarios de la letrada patrocinante de la actora, Dra. NATALIA ANDREA PEREA DEULOFEU, en la suma equivalente a TREINTA (30) IUS, y los honorarios del Dr. JOSE LUIS COMPARATO en la suma equivalente a VEINTE (20) IUS..."

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