Incidente Nº 11 - IMPUTADO: LOPEZ, MELANIE IVANA s/INCIDENTE DE EXCARCELACION
Incidente de excarcelación y pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa de Melanie Ivana López por la denegatoria judicial de excarcelación. La Cámara Federal de Corrientes rechazó el recurso y confirmó la resolución del 4 de julio de 2026 al considerar acreditados los riesgos procesales de fuga y entorpecimiento y no verificadas las condiciones para medidas menos gravosas.
¿Quién es el actor?
Defensa de la imputada Melanie Ivana López (recurrente).
- Demandado / autoridad recurrida: Resolución del juez a quo de fecha 4 de julio de 2026 (Juzgado Federal de Goya) que denegó la excarcelación y la prisión domiciliaria.
- Objeto del reclamo: Pedido de excarcelación y, subsidiariamente, prisión domiciliaria; impugnación por apelación de la resolución que negó esas medidas.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la defensa y se confirmó la resolución de fecha 4 de julio de 2026, esto es, se mantuvo la denegatoria de excarcelación y la prisión preventiva que viene cumpliendo la imputada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En primer lugar, de la lectura del auto puesto en crisis se observa que el magistrado basó su decisión en la existencia de los riesgos procesales analizados de acuerdo a los parámetros establecidos por la normativa vigente, esto es, los arts. 210, 221 y 222 CPPF, y las condiciones personales la imputada. En ese sentido no se observan vicios en la fundamentación y motivación de la decisión adoptada por la juez a quo, por lo cual, este tribunal entiende que se encuentran reunidos los requisitos exigidos por el art. 123 CPPN."
"En este sentido, se advierte que respecto a la existencia del riesgo de fuga la magistrada tuvo en cuenta “las circunstancias y la naturaleza del hecho” (art. 221 inc. 'b' CPPF), ya que existen elementos objetivos que vinculan a la Sra. López, con un hecho grave, como es la comercialización de estupefacientes en su domicilio, puesto que en la presente causa se llevaron a cabo tareas investigativas y de vigilancia por parte de la prevención, en el inmueble de la imputada y de los demás involucrados, donde observaron la concurrencia constante de distintas personas que arribaban al lugar, en diferentes vehículos, realizaron intercambios permaneciendo un corto lapso de tiempo para luego retirarse. Particularmente que en una de las ocasiones, visualizaron al imputado Romero junto a su pareja dirigirse hacia la casa de la imputada López, donde mantuvieron una conversación y realizaron un pasamanos de un pequeño bulto, lo que indicaría que la misma sigue vinculada a la venta de sustancias."
"Ello fue corroborado por el resultado de allanamiento practicado en fecha 1 de julio de 2026 en los domicilios investigados, entre ellos el de la encausada, donde se secuestró 14,6 gramos de marihuana, un celular y una agenda personal."
"De esta manera, conforme los fundamentos expuestos precedentemente por la magistrada y por este Tribunal, permanece vigente al momento de resolver la existencia de peligro de fuga (art. 221 CPPF), lo que impide la concesión de la excarcelación y otras medidas alternativas menos gravosas como el arresto domiciliario previstas por el art. 210 CPPF, por lo que, la prisión preventiva que viene cumpliendo la imputada en esta causa, por el momento resulta ser la medida idónea y adecuada para neutralizar los riesgos procesales expuestos."
- Votos en disidencia: No se registran disidencias en el acuerdo final.
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