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Incidente Nº 1 - ACTOR: R., J. C. R. DEMANDADO: INSSJP-PAMI s/INC DE MEDIDA CAUTELAR

El afiliado promovió acción de amparo contra INSSJP-PAMI solicitando cobertura integral de un tratamiento oncológico (Abiraterona, Bicalutamida y Acetato de Leuprolide) por seis meses. La Cámara Federal de Córdoba confirmó el proveído de primera instancia que concedió la medida cautelar, por entender acreditada prima facie la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora.

Amparo Medida cautelar Verosimilitud del derecho Peligro en la demora Pami Cobertura de medicamentos oncologicos Abiraterona Ley 16.986 Pcpcn art. 230 Costas de alzada


¿Quién es el actor?

J. C. R. R. (afiliado a PAMI).

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI).
- Objeto de la demanda: Amparo con pedido de medida cautelar innovativa para que PAMI brinde cobertura integral (100%) del tratamiento oncológico prescripto (Abiraterona 250 mg —120 comprimidos mensuales—; Bicalutamida 150 mg; Acetato de Leuprolide 40 mg) por seis meses, y reserva del Caso Federal.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó el proveído de fecha 12 de mayo de 2026 dictado por el Juez Federal Subrogante de San Francisco que había concedido la medida cautelar ordenando a la demandada la cobertura integral de la medicación prescripta por seis meses; se impusieron las costas de la Alzada a la recurrente y se difirieron las regulaciones de honorarios. Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "En consecuencia, previa ratificación de fianza por cinco (5) letrados inscriptos en la matrícula federal, corresponde otorgar la medida cautelar solicitada y ordenar a la demandada que en el plazo de cinco (5) días de notificada ordene la cobertura integral de la prestación detallada por la especialista en oncología Dra. Karina Prado ... en las cantidades necesarias para el suministro por el plazo de seis (6) meses a favor de J. C. R. R." (proveído de primera instancia, citado en el fallo). "De allí que la tarea del Juzgador se debe restringir a realizar '...un conocimiento periférico o superficial dirigido a lograr una decisión de mera probabilidad respecto de la existencia del derecho discutido en dicho proceso...'" (texto del Tribunal sobre la verosimilitud del derecho). "Por otra parte, en cuanto al requisito del 'peligro en la demora', se encuentra configurado a tenor de la documental médica obrante de la que surge que el amparista padece una enfermedad oncológica con repercusiones negativas en su salud, que justifica la necesidad de adoptar una solución urgente... Negarle al actor la cobertura de la prestación solicitada, podría influir gravemente en su estado de salud, o en su mejora, poniendo en peligro su integridad física y su vida, determinando que la sentencia que resuelva en definitiva resulte ineficaz o de imposible ejecución." (fundamento decisorio). Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución final confirma íntegramente el proveído atacado.

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