Legajo Nº 3 - IMPUTADO: ZACARIAS, DELFIN DAVID s/LEGAJO DE CASACION
Recurso de casación de la defensa por la denegatoria de libertad condicional; la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial y remitió la causa al tribunal de origen, sin costas.
¿Quién es el actor?
Defensa Pública Oficial en representación de Delfín David Zacarías (recurrente).
- Demandado / decisión impugnada: Tribunal Oral en lo Criminal Federal n°1 de Rosario (resolución que no hizo lugar a la incorporación de Zacarías al régimen de libertad condicional).
- Objeto de la demanda: Se interpuso recurso de casación contra la decisión que denegó la libertad condicional al sentenciado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial y ordenó remitir la causa al tribunal de origen, sin costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"El tribunal de mérito expuso adecuadamente las razones que determinaron su decisión y no se verifica -ni el recurrente logra demostrar-, la concurrencia de un supuesto de arbitrariedad que afecte la validez del resolutorio (cfr. Fallos: 306:362; 314:451; 314:791; 321:1328; 322:1605, entre otros)."
"En definitiva, la resolución impugnada se encuentra razonablemente fundada y los agravios sólo evidencian una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta (C.S.J.N. Fallos 302:284; 304:415); decisión que cuenta, además, con los fundamentos jurídicos mínimos, necesarios y suficientes, que impiden su descalificación como acto jurisdiccional válido (Fallos: 293:294; 299:226; 300:92; 301:449; 303:888)."
"El recurrente tampoco demostró la existencia de una cuestión federal que permita habilitar la competencia de esta Cámara como tribunal intermedio, conforme la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en Di Nunzio (Fallos 328:1108)."
(Voto decisorio del Dr. Carlos A. Mahiques, en el que se funda la inadmisibilidad.)
- Votos en disidencia o con matices (transcripción y señalamiento):
El Dr. Daniel A. Petrone adhiere en lo sustancial a la inadmisibilidad propuesta pero con arreglo distinto sobre costas: "adhiero a la solución de inadmisibilidad propuesta pero con costas en la instancia (arts. 444, 530 y 531 del CPPN)." (señalado como posición concurrente pero con diferencia en costas).
El Dr. Gustavo M. Hornos expresó reserva de distinta opinión sustantiva sobre admisibilidad formal y proponía continuar el trámite y fijar audiencia: "entiendo que corresponde continuar con el trámite legalmente previsto y fijar audiencia para que las partes informen (art. 465 bis CPPN). Sin costas." (voto en disidencia sobre la admisibilidad, dejado a salvo; no obstante la resolución mayoritaria declaró la inadmisibilidad).
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