ESPINOZA, CRISTIAN IGNACIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO DECISION COMISION MEDICA CENTRAL
Recurso de apelación por reconocimiento de accidente in itinere contra resolución de la Comisión Médica Central. La Cámara confirmó la disposición de la Comisión Médica Central, impuso las costas en el orden causado y reguló honorarios en 10 UMA para cada letrado y asistente, rechazando así el recurso del actor.
¿Quién es el actor?
Espinoza, Cristian Ignacio.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A. (aseguradora/ART) y la Comisión Médica Central (resolución administrativa impugnada).
- Objeto de la demanda: Se reclama que el accidente sufrido el 17/04/2025 mientras el actor regresaba en motocicleta desde su lugar de trabajo hacia su domicilio sea calificado como accidente in itinere y se reconozcan las prestaciones correspondientes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo —Sala II— confirmó la disposición de la Comisión Médica Central que rechazó la calificación del siniestro como in itinere; además, impuso las costas de esta instancia en el orden causado y reguló los honorarios de los abogados del actor y los asistentes legales de la demandada en 10 UMA para cada uno.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
- "Por lo expuesto, propongo declarar desierto -y desestimar
- el recurso, resultando innecesario el tratamiento de las otras cuestiones deducidas en la queja (arts. 163 inc. 6 y 386 CPCCN)."
- "Para concluir, voto por imponer las costas de alzada al recurrente vencido (art. 68 CPCCN) y, de acuerdo al mérito, extensión y calidad de las tareas desarrolladas en sede judicial, propongo regular los honorarios de los abogados del pretensor y los de los asistentes legales de la demandada, en la cantidad de 10 UMA para cada uno de ellos, respectivamente (art. 38 de la ley 18345 y ley 21839)."
- (Fundamento en disidencia de la Dra. García Vior, relevante pero no mayoritario): "La determinación del carácter in itinere de un accidente constituye una típica cuestión de hecho y prueba ... la decisión de rechazar la pretensión sin haber producido las medidas de prueba ofrecidas configura una clara violación al debido proceso adjetivo y al derecho de defensa del trabajador (art. 18 CN)... En tal contexto, de prosperar mi voto, corresponde admitir el recurso de apelación y ordenar la producción de los medios probatorios oportunamente ofrecidos por la parte actora."
- Disidencia: La Dra. Andrea E. García Vior disintió y propuso admitir el recurso, ordenar la producción de la prueba ofrecida por el actor y remitir la causa para sustanciación probatoria; dicho voto quedó en minoría.
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