MARTINEZ BARBOZA, JOSE LUIS c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó reconocimiento de incapacidad por accidente de trabajo contra Galeno ART S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión recurrida que validó el dictamen de la Comisión Médica (secuelas equivalentes a 3,60%) y rechazó los agravios por falta de fundamentación, imponiendo costas de alzada.
¿Quién es el actor?
MARTINEZ BARBOZA, JOSE LUIS.
¿A quién se demanda?
GALENO ART S.A. (ART).
- Objeto de la demanda: Reclamó reconocimiento de incapacidad y su repercusión indemnizatoria por accidente de trabajo ocurrido el 10/10/2019, con cuestionamiento del dictamen de la Comisión Médica jurisdiccional (solicita mayor porcentaje de incapacidad y evaluación psicológica).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la decisión recurrida en lo principal que decide y que fue materia de apelación y agravios, con costas de alzada en el orden causado; ordenó demás diligencias administrativas formales (copia, registro, notificaciones y cumplimiento de normativa aplicable).
Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"La Comisión Médica (“010
- CAPITAL FEDERAL”) a fs. 186/189 de las actuaciones administrativas incorporadas en formato digital determinó la existencia de secuelas incapacitantes equivalentes a un 3,60% de la total obrera respecto de las dolencias denunciadas por el accionante en virtud del accidente acontecido el 10/10/2019 cuando en ocasión del trabajo resbaló y cayó al piso que le ocasionó traumatismo de muñeca y mano izquierda. Esta decisión mereció la apelación del ahora recurrente la que se encuentra formulada en términos que –a entender de este Tribunal
- no permiten modificar lo allí resuelto."
"Es sabido que la expresión de agravios debe contener una crítica concreta y razonada de los fundamentos de hecho y de derecho dados en la resolución que se cuestiona con la puntual indicación de los errores atribuidos. Desde la perspectiva indicada, el recurso en cuestión no se halla suficientemente fundado pues no se aportan elementos de rigor técnico científicos que persuadan en el sentido que el dictamen médico antes aludido adolezca de deficiencias significativas (conf. arts. 116 de la L.O. y 477 y 386 del C.P.C.C.N.)."
"Por ello, el tenor de las argumentaciones del recurso en cuestión no logra desvirtuar la eficacia del dictamen basado -se reitera
- tanto en la revisación físico médica realizada al trabajador como en la demás documentación acompañada para concluir acerca de la incapacidad resarcible informada en el caso, sin que se aporten fundamentos que permitan revisar lo así decidido."
Votos y disidencias relevantes:
- El Dr. Leonardo J. Ambesi expuso el voto mayoritario razonando la confirmación por insuficiente fundamentación de los agravios y por no advertirse deficiencias significativas en el dictamen de la Comisión Médica.
- La Dra. Maria Claudia Jueguen adhirió al voto anterior. No se registran votos en disidencia.
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