GARCETE, EDGARDO RAMON c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió acción por accidente laboral y reclamó incapacidad física y psicológica contra Galeno ART S.A. La Cámara modificó la sentencia en cuanto a honorarios de la representación letrada, elevándolos a $1.916.981,56, y confirmó en lo principal el decisorio de grado.
¿Quién es el actor?
GARcETE EDUARDO RAMON (actor y recurrente).
¿A quién se demanda?
GALENO ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente ocurrido el 20 de marzo de 2023, con pedido de reparación por incapacidad (física y psicológica), actualización monetaria e intereses, y costas; también controversia sobre fijación de honorarios de la representación letrada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió modificar la sentencia de primera instancia únicamente en lo relativo a los honorarios de la representación letrada de la parte actora, elevándolos a $1.916.981,56 (24,82 UMA según Resolución SGA CSJN N° 2226/2025); confirmó el decisorio de grado en lo principal materia de la apelación; impuso las costas originadas ante esta Sede a cargo de la parte actora; reguló por los trabajos efectuados ante esta Sede la retribución de la representación letrada de cada parte en un 30% de lo que finalmente perciban por los trabajos en la instancia anterior; y recordó la vigencia de Ley 26.685 y acordadas de la CSJN para notificaciones.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"La sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda en lo sustancial, ha sido apelada por la parte actora... El letrado de la parte actora, por su propio derecho, cuestiona sus honorarios por entenderlos reducidos..."
"Lo argumentado por el recurrente sobre la desestimación del reclamo inicial por incapacidad psicológica, en mi opinión, no ha de obtener favorable recepción... Lo indicado por la galena no cumple de manera razonada ni suficiente con lo previsto en el artículo 472 del CPCCN..."
"En lo que atañe al asunto de los honorarios, teniendo en cuenta el mérito, labor e importancia de los trabajos profesionales desarrollados en la anterior instancia, evaluados en el marco del valor económico del litigio... entiendo que los honorarios fijados en origen a la representación letrada de la parte actora lucen reducidos por lo que propongo elevarlos a la suma de $1.916.981,56..."
"Por lo expuesto, el TRIBUNAL RESUELVE: 1) Modificar la sentencia de primera instancia en lo que decide sobre los honorarios...; 2) Confirmar el decisorio de grado anterior en lo principal que decide y ha sido materia de apelación; 3) Imponer las costas originadas ante esta Sede a cargo de la parte actora; 4) Regular por los trabajos efectuados ante esta Sede, a la representación letrada de cada una de las partes, el 30%...; 5) Hágase saber a las partes y peritos que rige lo dispuesto por la Ley 26.685..."
- Votos y disidencias: ambos jueces (Dr. Mario S. Fera y Dr. Victor A. Pesino) adhieren a la decisión; el voto de Fera expone en detalle la propuesta de modificar honorarios y confirmar el resto, y Pesino adhiere por razones de orden institucional y economía procesal aun habiendo tenido un criterio distinto previamente sobre intereses.
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