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TARIFA TOMAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo de reajustes previsionales contra ANSES por haberes jubilatorios y aplicación de nuevas pautas de movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, confirmó la sentencia apelada y ordenó el pago de las diferencias correspondientes conforme la normativa aplicable, impuso costas a la ANSeS y reguló honorarios por la alzada.

Reajustes previsionales Movilidad Ley 27.609 Dnu 274/2024 Ley 27.423 Anses Costas de alzada Honorarios Inconstitucionalidad diferida Seguridad social


¿Quién es el actor?

TARIFA TOMAS.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes de haberes jubilatorios y planteos relativos a la aplicación de las Leyes 27.541, 27.609 y del DNU 274/2024 (fórmulas de movilidad y eventuales diferencias a percibir).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el pronunciamiento en cuanto fue materia de agravios; impuso las costas de alzada a la demandada conforme la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo” (Fallos: 346:634, 22/6/2023); y reguló los honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA en su caso. Se ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución. ... Dictar un pronunciamiento definitivo en esta etapa podría superponerse y, eventualmente, obstaculizar los ajustes normativos que se están implementando, afectando la seguridad jurídica en detrimento de la previsibilidad que demanda el sistema previsional." "Cabe destacar que el DNU 274/2024 introdujo una nueva pauta de movilidad previsional, a la vez que derogó el art. 1 de la Ley 27.609, fundada en la variación mensual del índice de precios al consumidor y orientada a recomponer la pérdida de poder adquisitivo que ocasionó la fórmula de la Ley 27.609. Habida cuenta la estrecha relación y conexidad existente entre el decreto y la Ley 27.609 se impone su tratamiento conjunto. En consecuencia, corresponde adoptar idéntica solución que con la Ley 27.609. Consecuentemente, se difiere el análisis del DNU 274/2024 para la etapa de ejecución de sentencia, donde podrá evaluarse su real incidencia en la cuantía del haber." "Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini expresó que "revoco lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto a este punto" respecto al planteo vinculado con la Ley 27.541 y los decretos dictados en su consecuencia; dicha postura quedó en minoría frente al acuerdo de la Sala que confirmó la resolución de grado.

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