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Recurso Queja Nº 1 - TAZZA, ALEJANDRO OSVALDO c/ EN-PJN-CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACION-LEY 27439 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Recurso de queja contra el Consejo de la Magistratura por la concesión de apelación con efecto devolutivo. La Cámara declaró inoficioso el pronunciamiento sobre el recurso de hecho porque la cuestión se tornó abstracta tras un pronunciamiento posterior, por lo que no se otorgó efecto suspensivo.

Recurso de queja Efecto suspensivo Inoficiosidad Abstraccion Recurso de hecho Apelacion Medida cautelar Camara contencioso administrativo federal Jurisdiccion federal Providencia 29/6/2026


¿Quién es el actor?

Estado Nacional — Consejo de la Magistratura de la Nación (recurrente).

¿A quién se demanda?

(procedimental: se cuestionaba la providencia que concedió la apelación contra una medida cautelar en autos principales; la contraria es la parte contraria en esos autos).
- Objeto de la demanda: Se solicitó que el recurso de hecho interpuesto por el Consejo de la Magistratura se provea con efecto suspensivo frente a la providencia del 29/6/2026 que concedió con efecto devolutivo la apelación contra la medida cautelar.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró inoficioso un pronunciamiento sobre el recurso de hecho al haber devenido abstracta la cuestión sometida a consideración, por lo que no se otorgó el efecto suspensivo pretendido. Se dejó constancia de la suscripción del señor juez Rogelio W. Vincenti y de la ausencia de firma del juez Jorge Eduardo Morán por licencia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "2°) Que las sentencias deben ceñirse a las circunstancias existentes al momento de ser dictadas (Fallos: 301:693; 310:670 y 320:2603), pues los órganos jurisdiccionales tienen vedado expedirse sobre planteos que devienen abstractos, en tanto todo pronunciamiento resultaría inoficioso al no decidir un conflicto litigioso actual (Fallos: 320:2603; 322:1436; 329:1898; 330:5070; 341:122; 344:1260 y 345:384; y, esta Sala, “Recurso de Queja N° 1 – M Interior de la Nación c/ Hidden Lake S.A. – Resol 1603/23 s/ proceso de conocimiento”, causa CAF 45112/2023/1/RH1, sentencia del 5/3/2026)." "3°) Que, a raíz del pronunciamiento dictado el día de la fecha en el marco de los autos CAF 49101/2025/2/CA1, caratulados “Tazza, Alejandro Osvaldo c/ EN-PJN – Consejo de la Magistratura de la Nación – Ley 27439 s/ incidente de apelación”, al haber concluido la revisión a la que el recurrente pretendía que se le asignara efecto suspensivo mediante esta presentación directa, ha desaparecido el interés actual en obtener una decisión acerca del modo en que el recurso de apelación debía ser concedido." "Por lo expuesto, el Tribunal RESUELVE: Declarar inoficioso un pronunciamiento sobre el presente recurso de hecho, por haber devenido abstracta la cuestión sometida a su consideración."
- Votos / observaciones sobre firmas: Se deja constancia de que el juez Rogelio W. Vincenti suscribe la resolución por haberse rechazado su excusación (16/7/2026); el juez Jorge Eduardo Morán no firma por encontrarse en uso de licencia (art. 109 RJN). No consta disidencia fundacional: la decisión adoptada es la transcripta.

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