DUARTE, JOSE EVARISTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor contra ANSeS por reajustes de haberes y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU). La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia del 13/06/2025, con la modificación relativa a la imposición de costas prevista en el considerando IX, aplicando la doctrina de la Corte y los precedentes de la Sala.
¿Quién es el actor?
José Evaristo Duarte.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios y actualización de haberes, con especial mención a la Prestación Básica Universal (PBU) y cuestionamientos sobre índices de actualización y normas (ley 26.417, ley 27.260, decreto 807/16, resolución ANSeS 56/18, entre otros).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia del 13/06/2025, con la modificación establecida en el considerando IX (imposición de costas en la instancia de grado a la demandada vencida en lo sustancial) y con costas en la Alzada por su orden conforme al considerando X.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes):
"IX.
- Finalmente, en cuanto al agravio esgrimido por la accionante referido a la imposición de costas, cabe tener en cuenta la doctrina sustentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo”, resuelta el 22/06/2023, en torno a la validez y vigencia del Art. 36 de la ley 27.423. En función de lo allí resuelto y toda vez que no advierto que se hayan acreditado razones que permitan apartarse del principio objetivo de la derrota, corresponde modificar la sentencia apelada en este sentido e imponer las costas en la instancia de grado a la demandada vencida en lo sustancial (Conf. Art. 68 del CPCC)."
"X.
- Ahora bien, las directrices que emanan del fallo citado anteriormente también han de aplicarse respecto a la imposición de costas en la Alzada, por lo que -conforme a la forma en que se resuelven las cuestiones apeladas
- deberán imponerse por su orden (Conf. Arts. 68, segundo párrafo, del CPCCN y 36 de la ley 27.423)."
"XI.
- Por lo expuesto, propongo confirmar la sentencia apelada, con la modificación establecida en el considerando IX. Con costas en la Alzada por su orden, conforme lo dispuesto en el considerando X. Los Dres. Juan Pablo SALAS y Marcos MORÁN, por análogas razones, adhieren al voto precedente. En mérito a lo que resulta del Acuerdo que antecede, el Tribunal RESUELVE: CONFIRMAR la sentencia del 13/06/2025, con la modificación establecida en el considerando IX. Las costas en la Alzada se imponen por su orden, conforme lo dispuesto en el considerando X (Conf. Arts. 68, segundo párrafo, del CPCCN y 36 de la ley 27.423)."
- Disidencia: No consta voto en disidencia; los tres jueces adhieren al voto que propone confirmar con la modificación indicada.
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