HIDALGO, DANIEL ALFONSO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando reajustes y ejecución de retroactivos previsionales. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de grado, rechazó los agravios de ANSES y mantuvo la liquidación, el pago de $6.241.139,28 con sus intereses y la fijación del haber mensual en $251.089,12 (agosto 2023), imponiendo además las costas de la alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
Daniel Alfonso Hidalgo.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios y ejecución de retroactivos previsionales; aprobación de planilla pericial contable, pago de suma líquida ($6.241.139,28) más intereses desde 01-09-2023 y fijación de haber mensual ($251.089,12 a agosto de 2023), entre otros efectos; impugnación de descuentos por impuesto a las ganancias; costas y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la Sentencia de fecha 18/02/2025 dictada por el Juez Federal N°2 de Córdoba en todo lo que decide y fue materia de agravios; impuso las costas de la alzada a la demandada y reguló honorarios de la asistencia letrada de la parte actora en el 35% de lo estimado en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Ello así y en consonancia con lo resuelto por la C.F.S.S., Sala I en 'Savoia, Héctor Julio c/ A.N.S.E.S. s/ Ejecución Previsional', Sent. N° 67.861 de fecha 27.06.2006, en donde se expresó que: '…quien impugna una planilla debe demostrar el error en los números o aplicación del derecho y que más allá de la impugnación realizada la parte debe practicar las cuentas que a su juicio son correctas y de cuya comparación surgirá el error…'."
2) "Por lo tanto, el recurso de apelación en este punto no puede prosperar."
3) "De la lectura de la norma bajo análisis, se infiere claramente que la misma regula lo atinente al cumplimiento de la sentencia condenatoria en contra de la A.N.Se.S., situación que difiere de la acontecida en autos donde estamos ante una sentencia dictada en el proceso de ejecución."
4) "Asimismo, deben tenerse presente los lineamientos brindados en el fallo 'García, María Isabel' de fecha 29/03/19 de la C.S.J.N. en donde el Alto Tribunal analizó la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran personas mayores como la aquí actora, lo cual motiva a tomar medidas tendientes a garantizar el acceso a la justicia, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable."
5) "En función de ello y atento al resultado arribado en la instancia de grado en donde la demandada resultó vencida, corresponde confirmar la distribución de las costas allí efectuada."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva final.
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