Logo

Legajo Nº 4 - IMPUTADO: RUIZ, ULISES BENJAMIN s/LEGAJO DE CASACION

La Fiscalía interpuso recurso de casación contra la concesión de suspensión del juicio a prueba y el sobreseimiento de Ulises Benjamín Ruiz; la Cámara Nacional de Casación hizo lugar al recurso y casó las resoluciones del 17/11/2025 y 22/12/2025, devolviendo la causa al Tribunal Oral de Menores N°1 para que celebre la audiencia de debate.

Casacion Suspension del juicio a prueba Probation Justicia penal juvenil Consentimiento fiscal Res. pgn 97/09 Sobreseimiento Audiencia de debate Reparacion economica $50.000 Tribunal oral de menores

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Actor (quién recurre): Ministerio Público Fiscal (fiscalía, representada por la Dra. María Fernanda Poggi).
- Demandado (contra quién se interpone el recurso): Ulises Benjamín Ruiz (resoluciones del Tribunal Oral de Menores nro.1 de la Capital Federal).
- Objeto de la demanda / pretensión: Impugnación de la decisión que concedió la suspensión del juicio a prueba (probation) y del posterior sobreseimiento por extinción de la acción penal; la fiscalía solicitó la revocación de ambas resoluciones por falta de adecuada fundamentación y por razones de política criminal (Res. PGN 97/09 y 13/19).
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la fiscalía, se casaron las decisiones del 17/11/2025 (concesión de probation) y del 22/12/2025 (sobreseimiento), y se reenvió la causa al Tribunal Oral de Menores nro.1 para que lleve a cabo la audiencia de debate, sin costas. (La sentencia ordena asimismo registrar, notificar y agregarse copia en la causa vinculada.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Lo primero que se debe señalar es el carácter que los precedentes de esta sala le otorgan a la posición del acusador público para la concesión de este instituto. Al respecto, cabe recordar que, si bien es jurisprudencia reiterada de la actual composición de esta sala conceder carácter vinculante al dictamen fiscal para el otorgamiento o denegatoria de la suspensión de juicio a prueba, no menos cierto es que éste siempre debe estar sometido al control negativo de legalidad y fundamentación. En otras palabras, los jueces no pueden apartarse de la posición fiscal, si ésta se presenta razonable y adecuada a los hechos de la causa y al derecho aplicable al caso." "En función de lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso interpuesto por la fiscalía, casar la decisión del 17 de noviembre de 2025 que hizo lugar a la probation de Ulises Benjamín Ruiz y, en consecuencia, lo dispuesto por el mismo tribunal el 22 de diciembre de 2025. Por lo tanto, corresponde devolver el caso al Tribunal Oral de Menores nro. 1 de la Capital Federal para que lleve a cabo la audiencia de debate, sin costas (arts. 76, CP, y 456, 465 bis, 471, 530 y 531, CPPN)."
- Observaciones sobre la fundamentación fiscal invocada: El tribunal consideró fundada y razonable la oposición fiscal fundada, entre otros puntos, en la gravedad de los hechos, la posibilidad de que la pena no fuera dejable en suspenso y la existencia de otros imputados (adultos) cuya imputación podía verse afectada por el otorgamiento del beneficio. No hubo votos en disidencia consignados en la parte resolutiva.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar