Logo

A., M. D. C. c/ DOSUBA s/AMPARO DE SALUD

Amparo por afiliación a obra social solicitó que DOSUBA mantenga la afiliación de una docente jubilada y su conviviente en el mismo plan. El Juzgado hizo lugar al amparo y condenó a DOSUBA a mantener a M. C. A. y a D. M. T. como afiliados en el plazo de cinco días, con costas y regulación de honorarios.

Amparo Dosuba Afiliacion Jubilados Derecho a la salud Obras sociales Continuidad de cobertura Anses Convencion personas mayores Honorarios


¿Quién es el actor?

Sra. M. C. A. (por derecho propio) y ratificación de su conviviente Sr. D. M. T.

¿A quién se demanda?

Dirección de Obra Social de la Universidad de Buenos Aires (DOSUBA).
- Objeto de la demanda: acción de amparo para que DOSUBA mantenga la afiliación y prestaciones de salud de la actora y su conviviente como integrantes del grupo familiar primario, y se declare nula la Resolución CS-2022-1859-E-UBA-REC que rechazó su incorporación como afiliados titulares; se solicitó medida cautelar para continuidad de la cobertura.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al amparo y se condenó a DOSUBA a mantener como afiliados a la Sra. M. C. A. y a su conviviente, el Sr. D. M. T., en el mismo plan, en el plazo de cinco días, en la forma indicada en el considerando 6°, con costas. Se regulan honorarios a favor del letrado de la actora en $1.429.064 y se ordena oficiar a ANSES y a la Superintendencia de Servicios de Salud. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
- "Que, asimismo, corresponde destacar que la circunstancia de que la demandada se encuentre excluida del régimen previsto por las leyes 23.660, 23.661 y 26.682, no puede redundar en una situación de carácter privilegiado respecto de aquellas entidades que prestan servicios de salud, ni la exceptúa de las obligaciones que deben cumplir todas las obras sociales con respecto a sus afiliados."
- "Que, en esas condiciones [...] resulta de toda justicia que quien ha contribuido de manera solidaria a solventar durante años la obra social de la actividad en la que trabaja, tenga el derecho de manener ese servicio o seguro de salud en el momento en que probablemente más lo empiece a necesitar..."
- "Que, así las cosas, la demandada deberá mantener la afiliación de la actora del modo previsto en el Reglamento de Afiliaciones para los afiliados jubilados allí contemplados (art. 4.3.3.)"
- "FALLO: I) Haciendo lugar a la presente acción de amparo. En consecuencia, condeno a la Dirección de OBRA Social de la Universidad de Buenos Aires (DOSUBA), a mantener como afiliados a la Sra. M. C. A. y a su conviviente, el Sr. D. M. T., en el mismo plan, en el plazo de cinco días, en la forma indicada en el considerando 6°, con costas (art. 14 de la ley 16.986)." Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia en el texto proporcionado.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar