Logo

THOMAS, ADALBERTO LEO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajustes previsionales por reconocimiento de servicios y actualización de haberes. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia de grado en parte y declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo las costas de esta instancia a la demandada vencida.

Seguridad social Reajustes previsionales Reconocimiento de servicios Inconstitucionalidad dnu 157/2018 Decreto 807/2016 Isbic Pbu Costas Esfuerzo contributivo Anses


¿Quién es el actor?

THOMAS, Adalberto Leo.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios — reconocimiento de servicios y remuneraciones (período 01/01/1978 al 30/06/1994), redeterminación del haber inicial, aplicación de índices de actualización (decreto 807/2016, ISBIC, ley 27.426, etc.), y cuestiones vinculadas a topes y PBU.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia apelada con los alcances expuestos en el voto mayoritario y declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; en consecuencia impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
- “En tales condiciones, corresponde hacer lugar al agravio de la demandada y revocar en este punto la sentencia de grado en cuanto reconoció los servicios y remuneraciones invocados por el actor entre el 01/01/1978 hasta el 30/06/1994. En razón de ello tales servicios no podrán ser computados para el cálculo de la PC, ni para la determinación del promedio de las remuneraciones en relación de dependencia.” (voto del Dr. Larriera, considerando 6to.4).
- “Entiendo por lo tanto que, en el supuesto de autos, en el que se examina la constitucionalidad del decreto 807/2016, corresponde hacer una interpretación extensiva del referenciado precedente, en el sentido de que ha sido emitido por un órgano del Estado sin competencia para regular en esta materia... En consecuencia, corresponde en este punto confirmar la resolución recurrida, declarar la inconstitucionalidad del decreto 807/2016 y disponer la actualización de las remuneraciones computables a efectos de determinar las prestaciones compensatoria y adicional por permanencia conforme los lineamientos establecidos por la CSJN en autos ‘Elliff’.” (considerando 7mo.).
- “Por último, con relación a las costas de la presente instancia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, hacer aplicación de las pautas de distribución de costas establecidas por el artículo 36 de la ley 27.423 y artículo 68 del CPCCN, imponiendo las costas de esta instancia a la demandada vencida...” (considerando 13ro.).
- Citas textuales relevantes incorporadas en la motivación: “permitir que el trabajador que cotizó solo por una parte de su salario de actividad en virtud del límite contenido en el art. 9, Ley 24241, obtenga una prestación que incluya las sumas por las que no contribuyó al sistema, constituiría un verdadero subsidio contrario a la protección del esfuerzo contributivo realizado por el conjunto de los afiliados” (cita del precedente “Gualtieri” consignada en el voto).
- Disidencia relevante: La señora Jueza de Cámara Silvia Mónica Fariña no suscribe la resolución (no se acompaña voto de disidencia explícito en el expediente), por lo que la decisión consignada corresponde al acuerdo mayoritario integrado por los Dres. Larriera y Amabile.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar