Legajo Nº 1 - IMPUTADO: DIAZ, MATIAS HERNAN s/LEGAJO DE CASACION
El Ministerio Público Fiscal desistió del recurso de casación contra la declaración de inconstitucionalidad de artículos de la ley penal y de ejecución penal. La Cámara Federal de Casación Penal tuvo por desistido el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal y ordenó remitir las actuaciones al tribunal de origen, sin costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El representante del Ministerio Público Fiscal (en el escrito: el Sr. Fiscal General, Dr. Javier de Luca, en nombre del Ministerio Público Fiscal).
Demandado: Matías Hernán Díaz (beneficiario de la declaración de inconstitucionalidad dictada por el Tribunal Oral Federal N°1 de Rosario).
Objeto: Recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal contra la decisión del Tribunal Oral Federal N°1 de Rosario que declaró la inconstitucionalidad de los artículos 56 bis, inciso 10) de la ley 24.660 y 14, inciso 10) del Código Penal, conforme a la redacción dada por la ley 27.375.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal tuvo por desistido el recurso de casación deducido por el representante del Ministerio Público Fiscal, sin costas, y ordenó el registro, comunicación, notificación y remisión de las actuaciones al tribunal de origen mediante pase digital.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Que conforme surge del escrito presentado, el Sr. Fiscal General, doctor Javier de Luca, desistió del recurso de casación deducido por su antecesor, contra la decisión del Tribunal Oral Federal N° 1 de Rosario, Provincia de Santa Fe que resolvió declarar la inconstitucionalidad de los artículos 56 bis, inc. 10) de la ley 24.660 y 14, inciso 10) del Código Penal, ambos textos según redacción de la ley n° 27.375, en favor de Matías Hernán Diaz."
"Que en virtud de lo dispuesto en el art. 443, tercer párrafo, del ritual, corresponde tener por desistido el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal; sin costas (arts. 443, 530 y cc CPPN)."
Del voto del Dr. Yacobucci (concordando en la solución aún cuando entendió el recurso fundado): "Sin perjuicio de advertir que el recurso de casación interpuesto por el Representante del Ministerio Público Fiscal de la instancia resultaba fundado, debo concluir que la posibilidad de evaluar esa situación anómala se encuentra vedada por estrictas reglas procesales, en atención al desistimiento del recurso emitido por el Fiscal de Casación. Por ello, comparto la solución propuesta. Así voto."
(No hubo disidencia que modificara la solución; la parte resolutiva es la que se consignó por mayoría.)
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: