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Incidente Nº 1 - IMPUTADO: CIENCIA Y TECNOLOGIA EN IMAGENES , S.A. s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

Recurso extraordinario federal contra decisión previa por parte de la defensa de CIENCIA Y TECNOLOGÍA EN IMÁGENES S.A. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por no tratarse de sentencia definitiva ni plantear cuestión federal susceptible de habilitar la instancia extraordinaria, y condenó al pago de las costas.

Recurso extraordinario federal Inadmisibilidad Costas Ley 48 Cuestion federal Sentencia definitiva Corte suprema Cpccn art. 257 Reedicion de agravios Jurisprudencia

Actor: defensa particular de CIENCIA Y TECNOLOGÍA EN IMÁGENES S.A. (recurrente). Demandado: se trata de recurso contra decisión previa de la misma Sala (acto jurisdiccional impugnado). Objeto: admisibilidad del recurso extraordinario federal interpuesto contra decisión de la Sala que rechazó una queja previa.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa particular de CIENCIA Y TECNOLOGÍA EN IMÁGENES S.A., con expresión de costas. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En primer lugar, corresponde señalar que los agravios contenidos en la apelación federal no pueden habilitar la vía del art 14 de la ley 48 pues -pese a la discrepancia manifestada por la parte recurrente
- la resolución que se pretende impugnar no constituye sentencia definitiva o equiparable a tal categoría. Además, como en jurisprudencia consolidada lo ha sostenido la Corte Suprema Justicia de la Nación, el recurso extraordinario federal exige, entre otros requisitos para su procedencia, que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en el presente caso sometido a control jurisdiccional no se advierte (Fallos: 305:1694; 306:136; entre otros)." "A su vez, la parte recurrente ha basado su impugnación en la reedición de agravios y en juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo acreditar la relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal que se invoca (Fallos: 295:335; 300:443; 302:561 y 303:2012, entre otros). Asimismo, la parte recurrente no logra demostrar, ni tampoco se advierte, que se haya vulnerado el derecho al recurso ni tampoco se advierte ni se ha demostrado que se configure en el caso un supuesto de gravedad institucional para habilitar la jurisdicción de la Corte Suprema de Justicia de la Nación." "Finalmente, en lo que atañe a la imposición de costas alegado por la defensa, cabe señalar que el tema discutido involucra una cuestión de derecho procesal ajeno a la vía extraordinaria intentada (Fallos: 325:3467
- L. 632. XXXVII). Por todo ello, oído el representante del Ministerio Público Fiscal, corresponde declarar inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa particular de CIENCIA Y TECNOLOGÍA EN IMÁGENES S.A, con costas (arts. 14 y 15 de la Ley 48 y 68, 69 y 257 del CPCCN)." Votos: Los Dres. Daniel Antonio Petrone y Diego G. Barroetaveña expusieron los considerandos anteriores; el Dr. Alejandro W. Slokar adhirió en su propio voto a la inadmisibilidad por falta de cumplimiento de los recaudos legales. No consta disidencia en la parte dispositiva.

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