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BENEFICIARIO: SANDOVAL, MARIO s/HABEAS CORPUS

Defensa oficial apeló por casación el rechazo del habeas corpus de Mario Sandoval por la presencia de custodia durante una atención médica. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por falta de fundamentación suficiente, sin costas en la instancia.

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¿Quién es el actor?

Mario Sandoval (representado por la defensa oficial).

¿A quién se demanda?

Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 2 de San Martín y la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín (decisiones impugnadas).
- Objeto de la demanda: acción de habeas corpus por presunta violación de la privacidad durante controles médicos en la celda (presencia de agente penitenciario junto a la enfermera al efectuar un dispositivo MAPA).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto contra la confirmación del rechazo del habeas corpus, y ordenó su registro, notificación, comunicación y remisión al origen, sin costas en la instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
- Voto de la jueza Angela E. Ledesma (minoría, que consideró admisible): "Tal es mi voto." (precedido por fundamento) Entre sus considerandos: "nos encontramos en presencia de una cuestión federal vinculada con la posible afectación de las condiciones de detención y el fin resocializador de la ejecución de la pena (artículos 18 y 43, 75 inciso 22, CN, 5.6, 7 de la CADH, 9 y 10.3 del PIDCyP), razón por la cual, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso 'Di Nunzio' (Fallos 328:1108) el recurso deducido resulta admisible."
- Voto del juez Guillermo J. Yacobucci (mayoría): "En efecto, advierto que la Cámara a quo, se remitió a la motivación de los términos explicitados en el pronunciamiento del juez de origen. Es que, la vía casatoria requiere de una fundamentación muy clara y concreta que permita mediante una argumentación razonadamente expuesta, advertir palmariamente el error de interpretación o la falta de aplicación de la ley atribuido al tribunal a quo... corresponde concluir, tal como lo adelantara, que el escrito de interposición del recurso de casación, carece de la fundamentación mínima necesaria para demostrar su procedencia exigible según el art. 463 C.P.P.N., pues el recurrente no se hace cargo de rebatir específicamente el argumento de los jueces de la Cámara a quo..."
- Voto del juez Alejandro W. Slokar: "comparte la solución que propicia el juez Yacobucci, lo que así vota."
- Resultado del acuerdo (transcripción del dispositive): "DECLARAR INADMISIBLE la vía intentada, sin costas en la instancia (arts. 530 y 531 in fine del C.P.P.N.). Regístrese, notifíquese, comuníquese y remítase mediante pase digital a su origen, sirviendo la presente de atenta nota de envío."
- Disidencia relevante: La jueza Ledesma sostuvo la admisibilidad del recurso por la posible afectación de las condiciones de detención y derechos constitucionales y convencionales (art. 18 y 43 CN; disposiciones de la CADH y PIDCyP), proponiendo aplicar el criterio de la Corte en "Di Nunzio". Esa posición quedó en minoría y no integró la decisión final.

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