AMENDOLA, RICARDO AGUSTIN c/ SWISS MEDICAL ART S.A. -4- s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió recurso contra el dictamen del Servicio de Homologación que negó incapacidad por accidente de trabajo. El Juzgado confirmó el dictamen de la Comisión Médica Nº 10 por ausencia de prueba pericial idónea, imponiendo costas y regulando honorarios.
¿Quién es el actor?
AMENDOLA, RICARDO AGUSTIN.
- Demandado/Contraria administrativa: SWISS MEDICAL ART S.A. (aseguradora) y la Comisión Médica Nº 10/Servicio de Homologación (acto impugnado).
- Objeto de la demanda: Recurso contra el dictamen jurídico del Servicio de Homologación (exp. SRT 239050/25, fecha 25/09/2025) que determinó la inexistencia de incapacidad por la contingencia denunciada (accidente laboral del 28/05/2023/relato de hecho ocurrido 20/02/2025), solicitando que se reconozca incapacidad (estimada por el actor en 18% T.O.) y se dicte pronunciamiento sustitutorio.
¿Qué se resolvió?
Se confirma el dictamen emitido por la Comisión Médica 10 en fecha 25/09/2025 en todo lo que fue materia de apelación; se imponen las costas de la Alzada en el orden causado; se regulan honorarios (actora: 5 UMAS = $521.100; demandada: 8 UMAS = $833.760; perito médico: 2 UMAS = $208.440).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Entonces, dado que en la causa no existe prueba alguna de la incapacidad que la demandante afirma que padece, y dado que es deber del sentenciante valorar la verdad objetiva puesta bajo su conocimiento y que es esa realidad la que tiene relación con la existencia de la verdad, no resulta posible otra solución más que el rechazo del recurso interpuesto.-"
"En efecto, los pleitos los decide la prueba y no las manifestaciones unilaterales de los litigantes. En este sentido 'La carga de la prueba es el peso que tienen las partes de activar las fuentes de prueba para demostrar los hechos que fueran afirmados, de manera convincente en el proceso en virtud de los medios probatorios y sirve al juez en los procesos dispositivos como elemento que sustituye su convicción ante prueba insuficiente, incierta o faltante.' (Dr. Enrique M. Falcón, 'Tratado de la Prueba' Editorial Astrea,2003)"
"Por ello, con fecha 14/07/2026, se dispuso el traslado de lo informado por el perito médico a la parte actora, y dado que el traslado no mereció réplica, se resolvió con fecha 07/08/2026, que el actor no dio cumplimiento con la intimación dispuesta con fecha 14/07/2026, debidamente notificada según surge de las constancias obrantes en el sistema informático, y se hizo efectivo el apercibimiento allí decretado, en la que se tuvo a la parte actora por resistida y/o desistida de la producción de la prueba pericial médica."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la presente sentencia; los fundamentos citados constituyen la decisión del Tribunal.
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