Logo

IOZZOLINO DANIEL NORBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes varios de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la orden de aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual reclamada, dejó sin efecto el diferimiento del tratamiento de la ley 27.609, diferió para ejecución el análisis sobre topes y confirmó la sentencia en lo demás.

Reajustes Anses Movilidad previsional Ley 27.609 Haberes enero-febrero 2021 Topes de haberes Costas Ejecucion Ley 27.423 Emergencia economica


¿Quién es el actor?

IOZZOLINO DANIEL NORBERTO.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios / revisión del haber inicial y aplicación de movilidad y topes; impugnación de actos relativos a la movilidad previsional (método de actualización, efecto de leyes 27.426 y 27.609, aplicación de topes y diferencias por aumentos suspendidos en 2020).

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, revocó la parte de la resolución de grado que ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y los efectivamente abonados durante 2020; dejó sin efecto el diferimiento del tratamiento de la ley 27.609; diferió para la etapa de ejecución el examen del planteo sobre topes de haberes; confirmó lo resuelto en materia de costas según art. 68 CPCCN y 36 ley 27.423 cuando surjan sumas a favor del actor; y confirmó la sentencia recurrida en todo lo demás materia de agravios.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación, visto que la mentada emergencia fue definida por el Congreso Nacional... deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada." "La declaración de inconstitucionalidad constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia... no cabe formularla sino cuando un acabado examen del precepto conduce a la convicción cierta de que su aplicación conculca el derecho o garantía constitucional invocados... En igual sentido... la contradicción con la cláusula de la Carta Magna es manifiesta y la incompatibilidad es inconciliable." "Por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
- Disidencia: El magistrado Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión sobre el tratamiento de la ley 27.609 y discrepa en lo concerniente a costas (sus fundamentos fueron individualizados y adjuntados), pero la resolución indicada precede por mayoría.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar