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BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ VILLEGAS, MARIA BELEN s/PROCESO DE EJECUCION

El Banco de la Nación Argentina promovió ejecución por deuda de tarjeta Nativa Visa por $259.343,36 más intereses, I.V.A. y costas. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°1 ordenó tramitar la ejecución y ejecutar hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses compensatorios y punitorios desde el 12.06.2024, con más el I.V.A. y costas; la regulación de honorarios quedó diferida.

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¿Quién es el actor?

Banco de la Nación Argentina.
- Demandada: María Belén Villegas (DNI 41.823.267).
- Objeto de la demanda: Proceso ejecutivo por cobro de suma adeudada por tarjeta de crédito Nativa Visa, por capital $259.343,36, más intereses pactados, I.V.A. y costas.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la sentencia de trance y remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada haga íntegro pago del capital de $259.343,36 (certificado de saldo deudor 12.06.2024), más los intereses compensatorios y punitorios pactados desde la fecha de mora (12.06.2024) hasta el efectivo pago, con el I.V.A. pertinente y las costas del juicio; la regulación de honorarios se difirió para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): "La demandada fue intimada de pago por medio del mandamiento que obra digitalizado en la causa el 18.08.2026 y no opuso legitimas excepciones, a pesar de haberse verificado lo prescripto por los articulos 531, 542 y 543 del Codigo Procesal, ni comparecio en autos." "Cabe destacar que el titulo que da sustento a la pretension articulada en esta causa consta de un certificado de saldo deudor de $259.343,36, no observado al 12.06.2024 y que refleja los resumenes de cuenta emitidos por la actora, respecto de la tarjeta de credito NATIVA VISA, correspondiente al socio N° 1216426455 cuyo titular es la demandada, Maria Belen Villegas, DNI N° 41.823.267 conforme los contratos que suscribieran las partes." "A su vez, en lo atinente a los intereses compensatorios reclamados en estas actuaciones, la suma adeudada por la accionada devengara tales accesorios desde la fecha en que se opero la mora, esto es desde el 12.06.2024, hasta el dia de su efectivo pago, de acuerdo con lo pactado en las respectivas solicitudes de tarjetas de credito y anexos."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el dispositivo transcripto.

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