DEUTSCHE LUFTHANSA AKTIENGESELLSCHAFT SUC BS AS c/ EN - M INTERIOR - DNM - EX 27466824/21 s/RECURSO DIRECTO DNM
Recurso directo contra la regulación de honorarios por representación letrada tras la caducidad de la instancia. La Cámara redujo los honorarios de la Dra. Ornella Paola Cappelletti a $174.047,40 (1,67 UMA) y ordenó su cancelación conforme al artículo 51 de la ley 27.423, sin incluir el IVA que deba adicionarse según la situación fiscal de la profesional.
¿Quién es el actor?
DEUTSCHE LUFTHANSA AKTIENGESELLSCHAFT SUC BS AS.
¿A quién se demanda?
EN
- Ministerio del Interior
- Dirección Nacional de Migraciones (DNM).
- Objeto de la demanda: Recurso directo vinculado con la regulación de honorarios profesionales derivados del trámite ante la instancia de origen, en el marco de un debate sobre la caducidad de la instancia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió reducir los honorarios regulados a favor de la Dra. Ornella Paola Cappelletti a la suma de $174.047,40 (equivalente a 1,67 UMA), y dejó constancia de que dicha regulación deberá pagarse conforme al artículo 51 de la ley 27.423; asimismo precisó que el monto no incluye el IVA, que deberá adicionarse según la situación tributaria de la profesional.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate —caducidad de la instancia—, y atento al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada durante el trámite ante la primera instancia, corresponde REDUCIR a la suma de $174.047,40 —equivalente a 1,67 UMA— los honorarios regulados a favor de la doctora Ornella Paola Cappelletti, quien ejerció la representación legal y dirección letrada de la parte demandada (arts. 16, 19, 20, 21, 29, 51 y ccdtes. de la ley 27.423; Resol. SGA n.° 1930/26)."
"Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que ―en su caso― deberá ser adicionado conforme a la situación de la profesional interviniente frente al citado tributo."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la parte resolutiva expresa la decisión de la Sala.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: