BELLIDO, CORA BEATRIZ c/ EN - ARCA - LEY 20628 s/AMPARO LEY 16.986
La actora demandó para obtener la declaración de inconstitucionalidad de normas que autorizan retenciones de Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales y el reintegro de lo retenido. La Cámara desestimó el recurso de la demandada y confirmó la sentencia de grado que ordenó cesar las retenciones y reintegrar las sumas retenidas en los plazos no prescriptos, imponiendo las costas en el orden causado.
¿Quién es el actor?
Cora Beatriz Bellido.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional — Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) / ANSES / Fisco Nacional (AFIP, Dirección General Impositiva).
- Objeto de la demanda: acción de amparo para declarar la inconstitucionalidad del artículo 79, inc. c) de la ley 20.628 y del artículo 115 de la ley 24.241, ordenar el cese de las retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre su prestación previsional y el reintegro de las sumas retenidas (con intereses) por los períodos no prescriptos.
¿Qué se resolvió?
se desestimó en todos sus términos el recurso de apelación presentado por la demandada y, en consecuencia, se confirmó la decisión de primera instancia en cuanto fue materia de agravios; además, se distribuyeron las costas de esta instancia en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"I. Que, por sentencia del 31/03/2026, el señor juez de la instancia de origen hizo lugar a la demanda interpuesta por la Sra. Cora Beatriz Bellido contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero y, en consecuencia, ordenó al Fisco Nacional y, por su intermedio, a la ANSES, que se abstuvieran de retener suma alguna en concepto de Impuesto a las Ganancias sobre su prestación previsional y el reintegro de las sumas retenidas por los períodos no prescriptos (conf. la aplicación del plazo de prescripción quinquenal previsto artículo 56 in fine de la ley 11.683) desde la interposición de la demanda."
"VI. Que, en virtud del dictado decreto 473/2023 y la ley 27.725, cabe remitir, en lo pertinente, a lo expuesto por este Tribunal en las causas 'Cerruti, Mónica Andrea c/ EN
- AFIP
- ley 20.628 s/ Amparo Ley 16.986', expte. N° 33.025/2023, sentencia del 9 de abril de 2024 (considerando VI) y 11.574/2023 caratulados 'Giménez, Oscar Policarpo c/ EN – AFIP – Ley 20.628 s/ Dirección General Impositiva', expte. N° 11.574/2023, sentencia del 12 de abril de 2024 (considerando VI)..."
"VIII.
- Que en orden a la subsunción del caso en los lineamientos brindados por el Alto Tribunal en el fallo 'García, María Isabel' (Fallos: 342:411) y sentencias posteriores que reiteran tal doctrina, cabe remitir a los términos que han sido apuntados por este Tribunal en la causa 'Cerruti', sentencia del 9 de abril de 2024 (ver considerandos IX a XII de dicho pronunciamiento). ... En consecuencia, la queja dirigida a señalar que no resulta de aplicación el precedente del Tribunal Cimero 'García, María Isabel', no puede tener acogida favorable."
"IX. Que en punto al reintegro de las sumas retenidas en concepto de impuesto a las ganancias, corresponde remitir a los fundamentos desarrollados por esta Sala en la sentencia recaída en los autos 'Seoane, Jorge Osvaldo', sentencia del 25 de abril de 2024 (considerando XII). Con sustento en tales lineamientos, se rechaza en este aspecto el agravio del Fisco Nacional y se confirma la sentencia de grado."
- Disidencias: no constan votos en disidencia; la parte resolutiva final expresa el acuerdo que confirma la sentencia de grado.
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