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RUIZ, OSCAR ABEL c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

Reclamo por reajuste de haberes promovido contra ANSeS. La Cámara Federal de San Martín confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y modificó su doctrina sobre el índice aplicable a ciertos períodos (introduciendo las modificaciones consignadas en los considerandos II y VII), sin costas en la alzada por falta de intervención de la actora.

Reajuste de haberes Anses Prestacion basica universal Isbic Ley 27.426 Ley 26.417 Liquidacion Costas en la alzada Precedentes cassani y quiroga Fallo villanustre


¿Quién es el actor?

Ruiz, Oscar Abel.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de San Martín confirmó parcialmente la sentencia de fecha 16/03/2026 en cuanto fue materia de agravios, introduciendo modificaciones en los considerandos II y VII; además decidió no imponer costas en la alzada por no haber mediado intervención de la contraria (considerando VIII). Se dejó constancia de vacancia de la Vocalía 4.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes): "II.
- Los primeros dos agravios de la demandada encuentran adecuada respuesta y fundamentación en lo resuelto en la causa 14573/2021 'Cassani, Carlos Ángel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', del 26/10/2022, ... En consecuencia, las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive -en caso de resultar una disminución confiscatoria y regresiva de la aplicación del RIPTE-, se ajustarán por el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), resultando -para ese supuesto
- inaplicable el índice dispuesto por el Art. 3 de la ley 27.426. Para el período posterior, deberá estarse a lo previsto por la ley 26.417 y sus modificatorias." "III.
- En relación al agravio esbozado por la ANSeS en torno a la Prestación Básica Universal (PBU), cabe señalar que debe ser considerada ... Se trata de un beneficio fundamental que no guarda correlación ni proporcionalidad con los aportes ingresados ... Ahora bien, en la medida en que es necesario verificar la incidencia que la ausencia de incrementos tuvo sobre el total del haber inicial, corresponde postergar la decisión sobre el punto -tal como lo hizo el a quo
- para el momento de la liquidación, donde podrá constatarse si el nivel de quita es confiscatorio (Conf. CSJN Q.68.XLVI 'Quiroga, Carlos Alberto c/ANSES s/reajustes varios', fallo del 11/11/2014)." "VII.
- En cuanto a la protesta referida a la aplicación del fallo 'Villanustre', ha de tenerse en cuenta el criterio dispuesto por el Alto Tribunal en la causa 'Mantegazza, Ángel Alfredo c/ ANSeS', del 14/11/06, donde estableció que carece de todo respaldo fáctico la aplicación mecánica de la doctrina que dimana del mencionado precedente. Por lo expuesto, corresponde modificar la sentencia apelada y diferir esta cuestión para el momento en que se practique la respectiva liquidación."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el acuerdo; el Dr. Néstor Pablo Barral adhiere al voto precedente.

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