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NIEVA, BENITO CIRILO c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la AFIP por retenciones de impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales. La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del artículo cuestionado para el beneficio del actor y ordenó la devolución de las sumas retenidas (quinquenio) con intereses, imponiendo las costas de Alzada.

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¿Quién es el actor?

Benito Cirilo Nieva.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA).
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad del artículo 79 inciso c) de la Ley de Impuesto a las Ganancias (y normas concordantes) por aplicación del tributo sobre haberes previsionales; cese de retenciones y reintegro de sumas retenidas (cinco años anteriores) con intereses.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de fecha 12/11/2025 en cuanto fue materia de agravios; se impusieron las costas de Alzada en el orden causado. En consecuencia, se mantiene la declaración de inconstitucionalidad respecto del beneficio previsional del actor y la orden de reintegro de las sumas retenidas desde cinco años anteriores con intereses a la tasa pasiva del BCRA.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes): 1) Sobre la vía administrativa: "acudir a la sede administrativa como requisito previo de la interposición de la demanda comporta un excesivo rigor formal incompatible con las reglas del debido proceso y del adecuado servicio de justicia, toda vez que preliminarmente debe establecerse la inconstitucionalidad o no de la norma impugnada, cuestión sobre la que la autoridad administrativa carece de competencia... En consecuencia, se rechaza el agravio interpuesto sobre el punto." 2) Sobre el precedente vinculante y su extensión: "la doctrina sentada en [el precedente] fue extendida por el Máximo Tribunal a casos análogos, donde no se detuvo a hacer un análisis concreto y diferenciado ... la autoridad institucional de los precedentes del Alto Tribunal ... da lugar a que en oportunidad de fallar casos sustancialmente análogos sus conclusiones deban ser debidamente consideradas y consecuentemente seguidas tanto por aquella como por los tribunales inferiores." 3) Sobre el lapso de la devolución: "la prescindencia del plazo de prescripción previsto por el Art. 56 de la ley 11.863 importaría una limitación al derecho del demandante a percibir las sumas que les fueron descontadas ... Consecuentemente, corresponde el reconocimiento quinquenal de las sumas que les hubiesen sido retenidas sobre los haberes del accionante ... (Art. 56 ... de la ley 11.683)".
- Disidencia: No hubo voto en disidencia; el Dr. Barral adhiere al voto del Dr. Lugones.

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