.................... S/ RECURSO DE CASACION
Recurso de casación contra condena por robo calificado por efracción y otros hechos en juicio abreviado. La Cámara de Casación rechazó el recurso por considerar que la sentencia apelada estuvo suficientemente motivada y que la convicción del juez se apoyó en prueba de cargo incorporada al legajo antes del acuerdo.
Actor: Casas, Thomas (por medio de su Defensa Oficial Alejandro Raúl Ares) interpuso recurso de casación. Demandado: Ministerio Público Fiscal (Fiscal Adjunto Fernando Luis Galán se opuso al recurso). Objeto: Impugnación de la condena por robo calificado por efracción (causa SN-6315-18) —la defensa cuestiona la acreditación de la coautoría de Casas y alega insuficiente fundamentación, dependencia de único testimonio y ausencia de otras pruebas corroborantes. Decisión: La Cámara rechazó el recurso de casación con costas y confirmó la suficiencia de la motivación y valoración probatoria del juez de grado en el marco del juicio abreviado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Transcripciones textuales relevantes:
"la sentencia del juicio abreviado no puede hallarse exenta de la debida motivación y, por ende, tampoco es posible predicar a su respecto la ausencia de revisión" (cita de precedentes y doctrina citada por el tribunal).
"la presentación del remedio casatorio debe fundarse en los supuestos del art. 448 del rito, respetar las exigencias del art. 451, y enmarcarse en la lógica del procedimiento adoptado, lo que implica que el derecho a la impugnación supone revisar si el contenido del fallo es acertado con relación a las cuestiones de hecho y derecho sometidas a decisión del sentenciante, pero ello dentro de los márgenes de la vía procesal elegida."
"la defensa... realiza sólo críticas superficiales de los vicios que denuncia, sin mencionar en qué tramo del fallo condenatorio se ha faltado al deber de fundamentación."
"constato que el auto atacado se encuentra fundamentado abasteciendo, por tanto, las exigencias de motivación traídas por el art. 106, CPP, al expresar el juez su convicción sincera sobre la prueba de cargo..."
"los elementos reseñados conformaron la prueba de cargo con entidad suficiente para acreditar la materialidad del injusto y la autoría de los procesados, puntualmente, lo que aquí interesa, la de Thomas Casas."
- Extracto sobre hechos probados (valoración probatoria que sostuvo la condena):
".el 23 de noviembre de 2023 aproximadamente a las 10.15 horas, en el domicilio sito en calle Ansaloni Nro. 1790 de la ciudad de San Pedro, Thomas Casas y Franco Agustín Monzón ingresaron al domicilio, previo violentar el candado de la puerta de ingreso a la morada, y se apoderaron ilegítimamente de un equipo de música... siendo interceptado Franco Monzón por personal policial junto con los elementos sustraídos, dándose a la fuga en la motocicleta el otro sujeto."
- Razonamiento sobre admisibilidad y alcance del control en juicio abreviado:
El Tribunal recordó que, aunque el juicio abreviado implica renuncia al debate oral, la sentencia debe estar motivada y es revisable en casación dentro de los márgenes propios del procedimiento abreviado; no cabe en casación reabrir por escrito la teoría de la defensa que fue renunciada al celebrar el acuerdo.
- Constatación de que la convicción del juez de grado se apoyó en acta de procedimiento, testimonios (Federico Luciano Obrador; reconocimiento del damnificado Roberto Sebastián Benítez) e informes policiales (Oficial Subayudante Nicolás Leidi) que, en conjunto, otorgaron entidad suficiente a la prueba de cargo.
- Votos: Sentencia unánime; ambos jueces (Bouchoux y Budiño) votaron por rechazar el recurso. El bloque dispositivo final confirma el rechazo con costas.
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