.................... S/ HABEAS CORPUS
La esposa del interno promovió acción de hábeas corpus correctivo solicitando nulidad del cómputo de pena del 26/05/2026. La Cámara declaró inadmisible el hábeas corpus por tratarse de una vía impropia para cuestionar cómputos y ordenó remitir las actuaciones al Juzgado de Ejecución N°1 de Lomas de Zamora para trámite urgente con intervención de la defensa.
Actor: Rosario Daniela Villalba, por derecho propio, en su carácter de esposa de Maximiliano Luis Altera. Demandado: Se impetra a favor del detento Maximiliano Luis Altera, quien se encuentra alojado en U.P. N°17 de Urdampilleta (la acción está dirigida contra la situación personal del reo y el cómputo practicado por la Secretaría del Tribunal en lo Criminal N°10 de Lomas de Zamora). Objeto: Nulidad absoluta del cómputo de pena de fecha 26/05/2026 (causa unificada N°703-17473-25), por contradicción interna, violación del principio de congruencia y conculcación de la libertad ambulatoria; que se ordene un nuevo cómputo computándose el tiempo en libertad condicional. Decisión: Declarar inadmisible la acción de hábeas corpus y, en salvaguarda del derecho de defensa, comunicar la presentación al Juzgado de Ejecución N°1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora para que, con la urgencia que corresponda y con intervención de la defensa, se canalicen las pretensiones y se resuelva lo que corresponda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Votos adoptados por mayoría (Sala IV, Drs. Kohan y Mancini). Textos reproducidos de la sentencia (citas textuales relevantes): "Con tal cuadro de situación cabe señalar que el hábeas corpus "como recurso" ha sido ideado por el legislador bonaerense como una opción para cuestionar la prisión preventiva y si bien es cierto que determinada doctrina ha posibilitado que sea utilizado como mecanismo paralelo al recurso de casación, su objeto se circunscribe al cuestionamiento del auto de prisión preventiva (...)." "el hábeas corpus 'como recurso' ha sido ideado por el legislador bonaerense como una opción para cuestionar la prisión preventiva, más si ésta fue recurrida por el recurso de apelación, no puede ser utilizado rectamente en la causa so riesgo de que un mismo temperamento procesal pueda ser revisado alternativa o simultáneamente por dos mecanismos de impugnación en detrimento de los principios de preclusión y progresividad procesal y del criterio de taxatividad que campea todo el sistema recursivo local." "por las razones invocadas, teniendo en cuenta lo resuelto por el Máximo Tribunal Provincial ... corresponde aquí adoptar el criterio antes apuntado que es la posición vigente del Cimero Tribunal y en consecuencia, declarar inadmisible la acción en trato." "corresponde remitir la presentación impetrada ... al Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del departamento judicial Lomas de Zamora, a efectos de que, previa intervención de la defensa del imputado, se canalicen las pretensiones expuestas, con la urgencia que el caso importe y se resuelva lo que por derecho corresponda." No hubo votos en disidencia; ambos jueces (Kohan y Mancini) votaron en idéntico sentido y la resolución del Tribunal coincide con ese acuerdo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: