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BERGOL NATALIA Y OTRO/A C/ RENVERS SA S/ INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO

Incidente de verificación de crédito por escrituración de unidades funcionales y concesión de beneficio de justicia gratuita. La Cámara revocó la aplicación del Estatuto del Consumidor y la concesión de gratuidad, por entender que las unidades fueron destinadas a alquileres sucesivos y no al consumo final.

Incidente de verificacion de credito Apelacion Ley 24.240 Consumidor Destino economico Locacion sucesiva Justicia gratuita Revocatoria Costas Escrituracion.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Bergol Natalia y otra (incidentistas) promovieron verificación de crédito insistiendo en la obligación de escriturar a su favor de dos departamentos y solicitaron beneficio de justicia gratuita en el marco del incidente. Demandado: Renvers SA (sociedad vendedora, concursal). Objeto: Verificación del crédito consistente en la obligación de escriturar a favor de las incidentistas, carácter quirografario y suma por arancel verificatorio; además se pidió el beneficio de justicia gratuita invocado a la normativa de defensa del consumidor. Decisión: La Cámara revocó la resolución de 04/05/2026 en cuanto declaró aplicable la Ley 24.240 y concedió el beneficio de gratuidad; impuso las costas de Alzada a las incidentistas y dejó la regulación de honorarios para su oportunidad. (Mayoría: voto de Larumbe y adhesión de Soto).
- Fundamentos principales de la decisión (textos extraídos del fallo, lenguaje original): "En esa línea de análisis, cobra relevancia la valoración de la prueba aportada por la propia parte incidentista que revela que la presentación de sucesivos contratos de locación demuestra que las adquirentes no retiraron los bienes del circuito comercial para su uso y goce personal o familiar, sino que optaron por reinsertarlos en el mercado inmobiliario." "De los referidos instrumentos agregados a las actuaciones, se desprende que ambos inmuebles en cuestión (tanto el departamento 4to D como el 6to D) fueron destinados de manera sucesiva a la percepción de alquileres de diversos inquilinos, destacando que los primeros de ellos datan de 2013 y los últimos de 2017 y 2018, lo cual exterioriza que el destino asignado a los inmuebles no guardaba relación con el uso, goce o consumo personal, doméstico o del grupo familiar de los incidentistas." "Por tales motivos, corresponde revocar la resolución apelada en cuanto declaró aplicable el Estatuto del Consumidor y concedió el beneficio de justicia gratuita." Dispositivo final (cita): "POR ELLO: se revoca la resolución apelada de fecha 04 de mayo de 2026 en cuanto declaró aplicable la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240 y concedió el beneficio de gratuidad regulado en su artículo 53. Se imponen las costas de Alzada a la parte incidentista. Se posterga la regulación de honorarios para su oportunidad." (Se consignan además fundamentos procesales citando arts.168 y 171 Const. Prov., arts.1 y 2 Ley 24.240; arts.1092 y 1093 CCCN; arts.68, 263, 266 CPCC.)

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