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LARREA MENDOZA CARLOS ENRIQUE C/ EL NUEVO HALCON S.A Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra empresa de transporte y aseguradora. La Cámara confirmó en lo esencial la condena por incapacidad sobreviniente, daño moral, intereses y parte del capital, pero revocó las partidas por daños materiales y privación de uso por falta de prueba documental/pericial adecuada.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Incapacidad sobreviniente Dano moral Danos materiales Privacion de uso Prueba pericial Tasa tim Valoracion integrada de la prueba Camara de apelaciones (la plata) monto(s) y fecha(s) relevantes: Fecha del hecho: 2/11/2021. Sentencia de primera instancia cuestionada: 2/2/2026. Sentencia de camara: 20/8/2026. Montos en primera instancia admitidos: incapacidad $2.500.000 Danos materiales $4.300.000 Privacion de uso $600.000 Dano extrapatrimonial $1.000.000. Intereses: 6% anual moratorio desde el hecho hasta la sentencia y posteriormente tim (bcra) conforme decision de camara.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Carlos Enrique Larrea Mendoza. Demandado: El Nuevo Halcón S.A. y, en garantía, Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial ocurrido el 2/11/2021; rubros reclamados: incapacidad sobreviniente, daño moral, reparación del rodado, privación de uso, lucro cesante, intereses, etc.
- Qué se resolvió (Decisión de la Cámara): La Cámara (Sala III) concluyó que el decisorio de primera instancia del 2/2/2026 no es justo en todo: confirmó las condenas respecto de incapacidad sobreviniente (se tuvo por acreditada incapacidad del 3% y se confirmó $2.500.000), daño extrapatrimonial ($1.000.000) y la regulación de intereses (aplicación de la TIM conforme normativa del BCRA y art. 768 inc. c), pero revocó las partidas por daños materiales ($4.300.000) y privación de uso ($600.000) por inexistencia de prueba idónea que permita su acreditación y mensuración. Se impusieron las costas de Alzada por su orden y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales (fragmentos textuales y párrafos relevantes del fallo, mayoría unánime):
- Sobre acreditación del siniestro y responsabilidad del guardián: "La prueba pericial mecánica agregada el día 15/3/2025 y las fotografías del vehículo de la parte actora son idóneas a los efectos de corroborar la hipótesis fáctica sostenida en la demanda; no así en cambio la de la demandada, al encontrar en las constancias antes referidas una fuente de prueba con la suficiente corroboración epistemológica como para tener por acreditado que el conductor del ómnibus, dependiente de la demandada El Nuevo Halcón SA embistió en la parte trasera del automóvil Renault Megane."
- Sobre valoración integrada de la prueba: "al valorar la prueba, los jueces deben evitar merituar cada una mediante un análisis absolutamente independizado de las restantes, debiendo deducir una convicción racional del conjunto de elementos probatorios... se postula un examen integrador de la prueba producida, método que supera aquel parcial y aislado..."
- Sobre incapacidad sobreviniente y cuantificación: "del informe emitido por el perito médico traumatólogo... la parte actora en la actualidad presenta una incapacidad del 3%... dado que sólo ha aportado la edad al momento del evento dañoso (62 años), mas no el resto de sus condiciones personales... únicamente cabe computar el porcentaje de incapacidad estimado por el perito traumatólogo (3%)... La lesión y la edad de la víctima... la partida indemnizatoria no se exhibe desmesurada, por lo que se propone al Acuerdo su confirmación."
- Sobre daños materiales (revocación): "no se ha producido ningún medio probatorio que permita establecer y mensurar mínimamente el alcance de los daños al rodado del accionante... la documentación acompañada en tal sentido fue negada en su autenticidad, y tratándose de instrumentos privados y particulares no firmados, tal negativa colocó en cabeza del accionante la carga de su corroboración, conducta que no fue cumplimentada... se propone al acuerdo la revocación de esta partida indemnizatoria."
- Sobre privación de uso (revocación): "La privación del uso del automotor no escapa a la regla de que todo daño debe ser probado... en el caso, ya fue señalado que no se acreditó el alcance de los daños al rodado, a lo que se agrega que tampoco se aportaron acreditaciones que permita concluir que el siniestro importó algún tipo de menoscabo patrimonial frente a la imposibilidad de contar con la unidad, por lo cual se propone admitir este tramo de los agravios."
- Sobre intereses (aplicación de TIM): "propicio al acuerdo sea dicha tasa la que se aplique al presente... la denominada Tasa de Interés Moratorio (TIM), tal como la formula el BCRA... no puede superar ni quedar por debajo de la variación diaria del CER ± 3% anual... su aplicación no requiere petición expresa... propicio al acuerdo la confirmación de la sentencia en este aspecto."
- Votos y mayoría: Votaron ambos jueces Soto y Larumbe en idéntico sentido; la decisión y el dispositivo final reflejan la coincidencia y son aplicados por la Cámara.

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