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PEREZ ROBERTO ANTONIO C/ GERVASONI ANTONIO OSCAR S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios por un choque entre su motocicleta y una camioneta en un cruce rural. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda al entender que el actor no acreditó la mecánica del hecho y que su maniobra de incorporación fue la causa eficiente del siniestro.

Apelacion civil Danos y perjuicios Accidente de transito Mecanica del hecho Carga de la prueba (art. 375 cpcc) Responsabilidad objetiva (art. 1113 cc / hoy 1757 ccyc) Rebeldia y contestacion de la aseguradora Visibilidad en cruce rural Pericia mecanica inconclusa Costas de alzada a la parte demandada

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Roberto Antonio Pérez. Demandado: Antonio Oscar Gervasoni; con citación en garantía a Federación Patronal Seguros S.A. Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 13/10/2014 en un cruce de caminos rurales de Chascomús; el actor sostuvo que la camioneta circulaba de contramano y que aquél fue embestido. Decisión: Se confirmó la sentencia del Juzgado de Primera Instancia del 15/12/2025 que rechazó la demanda y condenó en costas al actor en la instancia de alzada (la Cámara impuso las costas de alzada a la parte demandada vencida).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "La existencia del siniestro, los rodados que participaron y el área en que sucedió, no se encuentran en disputa, pero existe controversia ... acerca de la mecánica del evento. ... Por eso concluyó que, el actor desencadenó el desenlace causado, en tanto al acceder a una intersección en T, careció de la diligencia suficiente para incorporarse al carril. Es así que, tal lo razonado por el iudex, es el actor quien debió demostrar que, los hechos acaecieron del modo en que los relató en su postulación inicial (doctr. art. 375 del CPCC)." "El reconocimiento del siniestro y del contacto entre los rodados, no implica responsabilidad automática de la parte accionada, al haber relatado éste, los hechos de manera diametralmente diferente. ... Ha resuelto esta sala que, habiéndose reconocido el hecho tal como lo alegó el demandante, la parte accionada debió demostrar la culpa de la víctima o de un tercero por el cual no deba responder. Pero, en el caso de autos sucede algo diferente porque, el reconocimiento del hecho viene aditado con un relato de oposición y exculpatorio. En este sentido, le incumbe al demandante demostrar la mecánica del hecho ante el desacuerdo de ambos contendientes, pese a que confluyeron en la existencia del mismo." "De la pericia realizada en la Policía Científica de Dolores, no se pudo arribar a ninguna conclusión en cuanto al punto de colisión, añadiendo que en el acta de inspección no se detectaron huellas de frenada. ... Por último, en cuanto a los hechos relatados en esta demanda, dijo mi colega de la instancia anterior que, el accionante eliminó hechos esenciales, tales como, la existencia del monte que dificultaba la visión, que no conocía el camino, que la camioneta circulaba a baja velocidad. En cambio, introdujo hechos no mencionados previamente: que la camioneta circulaba de contramano y que, volanteó a la izquierda respecto de éste."
- Votos/división: Sentencia unánime; ambos jueces (Hitters y Maggi) adhirieron al voto que propuso confirmar la sentencia apelada. El bloque dispositivo final confirma la resolución de la mayoría.

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