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C., M. S/ABUSO SEXUAL (IPP 03-02-5290-26) J.G.N°4

Recurso de apelación de la defensa contra la extracción compulsiva de muestra biológica mediante tarjeta FTA. La Cámara rechazó la apelación y confirmó la orden de extracción por entender que la medida, siendo una mínima intervención corporal de índole material, no vulnera la garantía contra la autoincriminación ni otras garantías constitucionales.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Dr. Martín Miguel Molina, Defensor Oficial, interpone recurso de apelación en representación de Mauro Coronel. Demandado: Orden judicial dictada por el Juez de Garantías Dr. Gastón E. Giles que dispone la extracción compulsiva de muestra biológica respecto de Mauro Coronel. Objeto: Se impugna el punto III) del auto de fecha 8/8/20 que dispone la extracción compulsiva de muestra biológica mediante tarjeta FTA del imputado, por vulnerar el derecho de defensa, la garantía de incoercibilidad y la prohibición de autoincriminación; se solicita revocar ese pronunciamiento. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la resolución de fecha 8/8/20 que ordenó la extracción compulsiva de muestra biológica.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes): "No se advierte lesión alguna a la garantía constitucional que prescribe que nadie está obligado a declarar contra sí mismo (art. 18 CN). Desde antiguo esta Corte ha seguido el principio de que lo prohibido por la ley fundamental es compeler física o moralmente a una persona con el fin de obtener comunicaciones o expresiones que debieran provenir de su libre voluntad; pero ello no incluye los casos en que debe prescindirse de esa voluntad, entre los cuales se encuentran los supuestos -como el de autos
- en que la evidencia es de índole material. Tampoco se observa la afectación de otros derechos fundamentales, como la vida, la salud, o la integridad corporal, porque la extracción sanguínea de unos pocos centímetros cúbicos de sangre, si se realiza por medios ordinarios adoptados por la ciencia médica, ocasiona perturbación ínfima en comparación con los intereses superiores de resguardo de la libertad de los demás, la defensa de la sociedad y la persecución del crimen." "Como puede advertirse, y a contrario de lo sostenido por la defensa, ninguna violación de garantías constitucionales puede derivar de un estudio como el ordenado por el señor juez de la instancia anterior, cuando, además, sabido es que este tipo de procedimientos, en el ámbito forense, se realizan con arreglo a las técnicas corrientes en la medicina, sin resultar humillantes ni degradantes, como tampoco implica riesgo para la salud del imputado la extracción de una muestra suficiente para el fin procurado." "Por lo tanto ... propongo confirmar la resolución recurrida por ajustarse a derecho. Voto por la Afirmativa." Bloque dispositivo final del acuerdo: "1) RECHAZAR el recurso de apelación interpuesto por el Sr. Defensor Oficial, Dr. Martín Miguel Molina; y en consecuencia, 2) CONFIRMAR la resolución recurrida, dictada el día 8 de agosto del corriente año, mediante la cual el Sr. Juez Dr. Gastón E. Giles... Disponer la extracción compulsiva de muestra biológica mediante tarjeta FTA respecto del encartado MAURO CORONEL..."

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