OLIVERI EDITH ZENOBIA C/ A.R.B.A S/ PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO
La actora promovió pretensión anulatoria contra ARBA por la sanción de cesantía y solicitó reincorporación y salarios caídos. La Cámara confirmó la nulidad de las resoluciones sancionatorias y la reincorporación, pero redujo la indemnización por salarios caídos del 60% al 35% del sueldo actual de la categoría al momento del cese.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Edith Zenobia Oliveri, empleada con más de 21/24 años de antigüedad en ARBA.
Demandado: Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA).
Objeto: Pretensión anulatoria y restablecimiento de derechos por la nulidad de las Resoluciones Nº 1.1.2.08
- N°17/18 y Res. 1.1.2.08
- N°6/19 que dispusieron la cesantía por inasistencias; reintegro al puesto y reparación económica (haberes descontados y salarios caídos).
Decisión: Por mayoría se desestima el recurso de apelación en lo sustancial y se confirma la nulidad de las resoluciones y la orden de reincorporación; se modifica la cuantía de la indemnización por salarios caídos, que se fija en el 35% del sueldo actual de la categoría que la actora ocupaba al tiempo del cese. Se imponen las costas de Alzada a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo, lenguaje original):
"Por los fundamentos expuestos en el Acuerdo que antecede, se desestima el recurso de apelación incoado por la Fiscalía de Estado en lo sustancial, y, por mayoría, se hace lugar únicamente en cuanto al monto reconocido por los haberes dejados de percibir, debiendo otorgarse una indemnización equivalente al 35% del sueldo actual de la categoría que ocupaba al momento de notificarse su cesantía, en los términos y con el alcance consignado en la sentencia de grado."
"En virtud de los argumentos expuestos, procede hacer lugar parcialmente a la impugnación, únicamente en relación al monto que habrá de reconocerse por los salarios que dejó de percibir, debiendo abonarle una indemnización a la agente equivalente al 35% del sueldo actual de la categoría que ocupaba al momento de su baja, con el alcance consignado en el pronunciamiento atacado, que procede confirmar."
Fundamentación probatoria y jurídica (extracto de considerandos relevantes):
"La pericia realizada por la Dra. María Verónica González Carranza -Perito Médico Legista y especialista en Cirugía General
- dictaminó expresamente que frente a un desgarro muscular 'el diagnóstico es clínico pudiendo realizarse ecografía de partes blandas a fin de definir el grado de la lesión'... Ambos peritos oficiales fueron contestes en advertir las severas limitaciones farmacológicas que imponía el estado de la trabajadora en tanto su bebé se encontraba en período de lactancia materna."
"La omisión de ejercer dichas facultades de verificación en el momento oportuno impide que, con posterioridad, se pretenda desconocer la patología y los certificados médicos acompañados oportunamente, para fundar la cesantía, toda vez que la demandada no puede beneficiarse de su propia inactividad probatoria."
- Votos/Mayoría: El fallo contiene votos de los Dres. Milanta (voto principal), De Santis y Spacarotel. La solución adoptada por la Cámara surge del bloque dispositivo final aprobado por mayoría, que confirmó la nulidad y la reincorporación y efectuó la modificación indicada en la cuantía indemnizatoria. Hubo concordancia en declarar ilegítima la cesantía y en aplicar la doctrina de la SCBA respecto de la procedencia de reparación; la modificación al 35% surge del voto de la Dra. Milanta y fue adoptada por la mayoría.
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