FARIAS DAVID NICOLAS C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO
Acción anulatoria promovida por un agente policial que reclama la reclasificación de sus lesiones como herida en acto de servicio y el reconocimiento de subsidios y reajustes salariales. La Cámara declaró la nulidad de la sentencia de primera instancia por omisión esencial y falta de motivación y ordenó que otro juez dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: David Nicolás Farías, agente de la Policía.
Demandado: Provincia de Buenos Aires (Ministerio de Seguridad).
Objeto: Nulidad de la resolución RESO-2022-266-GDEBA-MSGP por no calificar sus lesiones como "herida en acto de servicio" (art. 51 ley 13.982 / art. 338 Anexo dec. 1050/09); nulidad de RESO-2022-611-GDEBA-MSGP que dispuso su pase al Subescalafón Servicios Generales; reconocimiento del derecho al subsidio de la ley 13.985 (y declaración de inconstitucionalidad de arts. 2,3 y 4 del dec. 149/10) y pago retroactivo de diferencias por reescalafonamiento.
Decisión: Se hizo lugar al recurso de nulidad ínsito en la apelación, se anuló la sentencia de primera instancia y se ordenó que otro juez hábil dicte un nuevo pronunciamiento dentro del plazo legal. Se impusieron las costas de la alzada en el orden causado y se difirió la regulación de honorarios de segunda instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
"Le asiste razón al apelante al enrostrar a la sentencia en crisis una insalvable omisión de tratamiento de los planteos sustanciales postulados por las contendientes y la carencia de fundamentación de aquella escueta parcela del pronunciamiento en que el juzgador asevera -sin más
- que 'no se advierte acreditado, que los hechos considerados por la autoridad administrativa en la RESO-2022-266-GDEBA-MSGP, sean correspondientes a una determinación normativa diferente a la allí efectuada' (cfr. sent. del 2-8-2024, párr. séptimo del 'Considerando')."
"En concreto, el magistrado de grado limitó impropiamente el marco analítico que demandaba el objeto procesal de la litis ... soslayó por completo el expreso, contundente y largamente motivado reproche ... al poner en crisis su objeto -contenido sustancial
- en cuanto no encuadró las lesiones en cuestión como una 'herida en acto de servicio' ... dicho planteo sustancial hubo merecido una extensa y motivada respuesta por parte de la accionada ... sin que tal controversia haya sido materia de consideración alguna en la sentencia en crisis."
"Corresponde declarar la nulidad del pronunciamiento apelado ... el de nulidad contemplado por el art. 55 inc. 4 del CCA ... impone a la Alzada la anulación del pronunciamiento viciado ... corresponde disponer que otro juez hábil dicte una nueva sentencia dentro del plazo legal (arts. 168 y 171, Const. Provincial; 55 inc. 4, CCA)."
Bloque dispositvo final:
"1. Hacer lugar al recurso de nulidad ínsito al de apelación articulado por la parte actora, anular el fallo apelado y, en consecuencia, disponer que otro juez hábil dicte un nuevo pronunciamiento dentro del plazo legal ... Las costas de la alzada se imponen en el orden causado. 2. Diferir la regulación de honorarios por los trabajos de segunda instancia para su oportunidad."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: