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FINANPRO SRL C/ POMI MOIRA SILVINA S/ COBRO EJECUTIVO

Ejecución por pagarés en relación de consumo: se discutió monto y accesorios. La Cámara hizo lugar a la apelación y modificó la condena reduciendo el capital adeudado a $1.455.555,57 y confirmó la aplicación de las tasas consignadas en los títulos, con costas de alzada al vencido.

Cobro ejecutivo Pagare Consumidor Ley 24.240 art.36 Capital Intereses T.e.a. 1595 79% y 1283 27% Reduccion de monto Costas de alzada Camara de apelacion mar del plata.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FINANPRO SRL. Demandado: POMI MOIRA SILVINA. Objeto: Cobro ejecutivo fundado en dos pagarés derivados de contratos de mutuo para consumo; la sentencia de primera instancia ordenó la ejecución por $4.299.700,00 más intereses y costas. Decisión: La Cámara hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la ejecutada y modificó la sentencia de primera instancia. Redujo el capital accionado y ordenó que la ejecución proceda por la suma de $1.455.555,57; diferió la regulación de honorarios y condenó en costas de alzada al vencido.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal): "Tal como ha sostenido mi colega de sala, Dr. Rodrigo Cataldo, en autos 'CREDIL SRL C/ NETO CALDERON, ELIANA S/ COBRO EJECUTIVO', expte. 178.195, sentencia de fecha 21/12/23 (a la que adherí), en supuestos como el aquí tratado, en que se ejecuta un título derivado de un negocio jurídico de crédito para el consumo (arts. 1, 2, 36 y concs., LDC), la doctrina legal de la Suprema Corte impone a la Judicatura no sólo valorar el título que se ejecuta y la documental anexa, sino que, ante la concurrencia de diversos textos normativos, le exige armonizar y conciliar sus reglas y principios para arribar a una solución." "De esa manera, el capital total adeudado asciende a $1.455.555,57 ($444.444,45 + $1.011.111,12), importe por el que debe proceder la presente ejecución (art. 549 y cctes. del CPCC)." "En lo que respecta a los intereses, los títulos ejecutivos objeto de autos resultan pagarés a la vista ... en dichos documentos, expresamente se dejó establecido que '(...) la falta de pago en término hará caducar todos los plazos, siendo exigible desde ese momento el saldo, más intereses punitorios equivalente al 50% (cincuenta por ciento) de los intereses compensatorios (...)' ; respecto a los intereses compensatorios, se consignó en ambos títulos que la T.E.A. es de 1595,79 % y 1283,27 %."
- Votos: Los Dres. Méndez y Cataldo votaron en igual sentido y por los mismos fundamentos; el acuerdo y el bloque dispositivo final resolvieron por unanimidad modificar la sentencia apelada.

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