Logo

GAYOSO CORNELIO C/ GONZALEZ TARABELLI SA S/ DESPIDO

El actor reclamó indemnizaciones por despido incausado, rubros salariales y sanciones legales por retenciones no ingresadas. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda condenando a Gonzalez Tarabelli S.A. al pago de $2.268.210,92 más intereses (liquidables según art. 55 ley 27.802, inciso c), y declaró inconstitucional el artículo 132 bis LCT para el caso concreto.

Despido Indemnizacion Art. 245 lct Art. 80 lct Ley 27.802 art. 55 Art. 132 bis lct inconstitucional (caso concreto) Devolucion de aportes/retenciones Certificado de trabajo Decreto 34/19 Costas observaciones breves: la sentencia es de primera instancia del tribunal del trabajo n?2 de san miguel (sala integrada por irigoin Mendez y barciela) Condena principal a gonzalez tarabelli s.a. por $2.268.210 92 y aplica la pauta de intereses del art.55.c ley 27.802 (67% del cer + 3% anual).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Cornelio Gayoso. Demandado: Gonzalez Tarabelli S.A. (y en su momento Rolando Carlos Trappa, respecto del cual el actor desistió). Objeto: despido; indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso, integración mes de despido, días trabajados junio 2021, vacaciones proporcionales 2021, SAC proporcional 2021, sanción por art. 2 ley 25.323, indemnización art. 80 LCT por falta de entrega de certificados, aplicación del Decreto 34/19, y aplicación de las leyes 24.013 y art. 132 bis LCT (multa por retenciones no ingresadas). Decisión: Se rechazaron los reclamos basados en arts. 10 y 15 ley 24.013 y la multa del art. 132 bis LCT; se hizo lugar a la mayoría de los rubros reclamados (arts. 245, 232, 233, 155, 156, 121 y 122 LCT, art. 2 ley 25.323, art. 80 LCT y dec. 34/19) por un total de $2.268.210,92 y se condenó a la demandada a confeccionar y entregar certificado de trabajo en 10 días. Se impusieron costas a la vencida. Se declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 132 bis LCT para el caso concreto; se rechazó la inconstitucionalidad del art. 55 ley 27.802 y se declararon abstractos otros planteos de inconstitucionalidad.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo, lenguaje original del Tribunal): "RESUELVE: I. Rechazar la demanda incoada por los arts 10 y 15 de la ley 24.013 y por el art 132 bis LCT (art. 726 del Cód. Civ. y Com.) II. Hacer lugar a la demanda entablada por el Sr. Cornelio Gayoso contra Gonzalez Tarabelli S.A por los rubros indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso, integración mes de despido, días trabajados junio 2021, vacaciones proporcionales 2021, SAC prop 2021, art. 2 ley 25.323, indemnización art. 80 LCT y decreto 34/19 (arts. 245, 232, 233, 155, 156, 121 y 122 LCT, art. 2 ley 25.323, art. 80 LCT y dec 34/19) por la suma de suma de pesos dos millones doscientos sesenta y ocho mil doscientos diez con noventa y dos centavos ($ 2.268.210,92) y, consecuentemente condenar a la accionada, para que dentro del plazo de diez (10) días de notificada la presente, con más intereses que se liquidarán al 67% del resultado de aplicar el ajuste por el índice CER más una tasa pura anual del 3% desde la fecha del distracto (28/6/2021) y hasta la fecha de su efectivo pago (art. 55 inciso c) Ley 27.802). III. Condenar a la demandada Gonzalez Tarabelli S.A a confeccionar y entregar al accionante en el término de diez (10) días de notificada la presente sentencia, un certificado de trabajo conteniendo las indicaciones sobre el tiempo de prestación de servicios, naturaleza de estos y una constancia documentada de los sueldos percibidos y de los aportes y contribuciones con destino a los organismos de la seguridad social durante toda la relación laboral conforme fuera acreditado en la presente (conforme al art. 80, párrafo tercero, LCT, SCBA L95.634, sent. del 21-III-2012), bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de fijarse astreintes como sanción conminatoria, a computarse a partir de expresa petición de la parte una vez firme la presente (art. 804 Cód . Civ. y Com. -ley26994, art. 37 CPCC)." "En la presente circunstancia... encuentro que la relación entre el acto punido y la reacción del sistema resulta claramente desproporcional... propicio declarar de oficio y para el caso concreto de autos la inconstitucionalidad de la norma del artículo 132 bis LCT por no guardar la proporción debida el acto reprochado y la reacción frente a éste."
- Votos / mayoría: La Dra. Irigoin emitió el voto preopinante que integra los fundamentos; los Dres. Méndez y Barciela adhieren y votan en igual sentido. El bloque dispositivo final ratifica la decisión mayoritaria antes citada.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar