RUIZ MARIA EVA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La actora promovió acción especial por accidente de trabajo para obtener prestación dineraria por incapacidad. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a PROVINCIA A.R.T. a pagar $56.191,15 más intereses desde el 9/2/2012, imponiendo costas a la demandada y ordenando depósito en cuenta bancaria de titularidad exclusiva de la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: María Eva Ruiz.
Demandado: PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
Objeto: Acción especial derivada de accidente de trabajo (siniestro del 9/2/2012) con reclamo de prestación dineraria por incapacidad permanente parcial.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda; condenó a la demandada a abonar $56.191,15 dentro de los 10 días de notificada la sentencia, con intereses moratorios desde el 9/2/2012 conforme a la Tasa TIM del BCRA; costas a la demandada; orden de pago mediante depósito en cuenta bancaria de titularidad exclusiva de la actora y intimación a la actora para acreditar la cuenta en 2 días hábiles.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
"II.b.1. La pericia se ajustó a las reglas metodológicas de su disciplina en su ejecución y para establecer sus inferencias, por lo cual, cabe desechar las impugnaciones formuladas y estar a sus conclusiones (art. 474 CPCC)."
"III.a.2.3. Así, tomando en cuenta el Ingreso Base Mensual, el coeficiente conforme la edad del accionante al momento del infortunio y el porcentaje de incapacidad física sobreviniente del cual resulta portadora la actora, estimo que las sumas de dinero por dicho concepto ascienden a un total de $56.191,15.-"
"III.b. No corresponde aplicar el RIPTE sobre la fórmula ni tampoco sobre el piso mínimo en atención a lo normado por los artículos 8 y 17 apartado 5 de la Ley 26.773 y lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Espósito' (Fallos: 339:781, considerando 8°)."
(Se consignan además en la parte dispositiva las órdenes relativas a intereses desde el 9 de febrero de 2012 conforme a la Tasa de Interés Moratorio -TIM
- publicada por el BCRA; imposición de costas a la demandada; y la exigencia de acreditar cuenta bancaria de titularidad exclusiva de la actora para efectos del depósito.)
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